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La Comisión Nacional de Trabajo Agrario desata una ola de aumentos salariales para diversas actividades rurales en todo el país, desde peones permanentes hasta cosechadores de tabaco y forestales. Pero la jugada viene con una cuota de solidaridad gremial del 2% que ya genera ruido entre empleados y empleadores.
El Boletín Oficial de hoy detonó una serie de resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) que redibujan el panorama salarial para miles de trabajadores del campo. En un movimiento coordinado, se fijaron nuevas remuneraciones mínimas y topes indemnizatorios que impactan desde el personal agrario permanente a nivel nacional (Resolución 219/2025) hasta sectores específicos como la cosecha de tabaco en Salta y Jujuy (Resolución 220/2025), la actividad forestal y el mantenimiento de caminos rurales en Chaco (Resoluciones 221/2025 y 222/2025), y los arreos de ganado en Santa Fe (Resolución 232/2025), sin olvidar la horticultura en Salta y Jujuy (Resolución 223/2025).
Los aumentos, que se aplicarán de forma escalonada a partir de septiembre, octubre y noviembre de 2025, buscan compensar la inflación y mejorar las condiciones laborales. Las fechas de vigencia varían según la actividad, extendiéndose en algunos casos hasta julio, septiembre u octubre de 2026, o incluso con plazos más cortos hasta febrero o noviembre de 2025/2026 para otras. La CNTA se comprometió a realizar revisiones en noviembre y diciembre de 2025, e incluso a solicitud de parte, para analizar la situación económica y posibles ajustes.
Para el personal forestal de Chaco, se suman beneficios como la provisión anual de vestimenta (pantalón, camisa y borceguíes) y una bonificación por antigüedad. Sin embargo, la inclusión del sueldo anual complementario (SAC) y las vacaciones varía: mientras que en forestación el SAC está incluido, en cosecha de tabaco y arreos de ganado no lo está. Esta disparidad genera un mosaico de condiciones que cada trabajador y empleador deberá analizar con lupa.
Pero la medida más controversial es la instauración de una cuota aporte de solidaridad gremial del DOS POR CIENTO (2%) mensual sobre el total de las remuneraciones. Esta retención obligatoria, que los empleadores actuarán como agentes de retención, deberá ser depositada antes del día 15 de cada mes en una cuenta especial de la U.A.T.R.E. (Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores) en el Banco de la Nación Argentina. La única excepción son los afiliados a la U.A.T.R.E., quienes quedan exentos del pago.
"Esta cuota, si bien legalmente justificada en la representación sindical, suele generar debate sobre la libertad de afiliación y el uso de los fondos para quienes no son miembros activos del gremio."
Para los empleadores, esto significa un incremento en los costos laborales directos y la carga administrativa de actuar como agentes de retención de la cuota sindical. Para los trabajadores no afiliados, representa un descuento obligatorio en su salario, lo que podría generar descontento. El Gobierno, a través de la CNTA, busca así fortalecer el poder adquisitivo de los trabajadores agrarios, pero a su vez consolida la financiación de las estructuras sindicales, una constante en la política laboral argentina.
¿Qué debe saber el ciudadano común? Si trabajás en el campo, revisá los anexos de estas resoluciones en el Boletín Oficial para conocer tu nueva escala salarial y los detalles de la cuota solidaria. Si sos empleador, preparate para ajustar tus costos y procesos de liquidación. Te sugerimos mantenerte informado a través de los canales oficiales de la CNTA y las cámaras empresariales del sector para futuras actualizaciones.
18 de febrero de 2026
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19 de agosto de 2025