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Una jugada audaz de la AFIP alivia la carga de los importadores: se deroga el polémico pago a cuenta del Impuesto PAIS para ciertas operaciones, justo cuando el gravamen está por expirar y se flexibilizan los plazos de pago. ¿Un respiro o una señal de lo que viene?
En un giro que generará alivio en el sector importador, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha decidido derogar el Título II de la Resolución General N° 5.393 (AFIP), que establecía un pago a cuenta del "Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)" para ciertas operaciones de importación. Esta medida, publicada bajo la Resolución General 5604/2024, entra en vigencia de inmediato.
El meollo del asunto radica en que el Impuesto PAIS, creado por la Ley N° 27.541, tiene una vigencia de cinco años que culmina el 23 de diciembre de 2024. Paralelamente, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió la Comunicación “A” 8118, permitiendo que el acceso al mercado de cambios para pagar ciertas importaciones (Valor FOB oficializado a partir del 21 de octubre de 2024) se realice recién a partir de los TREINTA (30) días corridos desde el ingreso aduanero de los bienes. Esto significa que muchos pagos se concretarían después de que el Impuesto PAIS deje de existir. Ante esta incoherencia temporal, la AFIP ha actuado con celeridad para eliminar un pago anticipado que, en la práctica, carecería de sentido.
Esta derogación es una excelente noticia para las empresas importadoras, especialmente aquellas que operan con los bienes alcanzados por la Comunicación “A” 8118 del BCRA. Al no tener que afrontar este pago a cuenta, se reduce la presión financiera y se mejora el flujo de caja. Es un claro gesto de desregulación que busca facilitar la operatoria del comercio exterior en un momento de transición económica. La medida, además de simplificar trámites, elimina un costo financiero innecesario para los importadores. Se espera que esto pueda incentivar ciertas importaciones al quitar una barrera de entrada que generaba incertidumbre.
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