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El Gobierno homologa un acuerdo clave para los trabajadores de Distribuidora de Gas del Centro S.A., que incluye una gratificación "no remunerativa". Esta categoría, sin embargo, genera un fuerte debate sobre su impacto real en los bolsillos y las arcas del Estado.
El Boletín Oficial trae novedades que impactan en el suministro de gas y en los ingresos de sus trabajadores. La Disposición 398/2024 del Ministerio de Capital Humano homologó el acuerdo entre la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL GAS (ATGAS) y la empresa DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO SOCIEDAD ANÓNIMA. Este pacto, enmarcado en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1313/13 “E”, establece una gratificación no remunerativa para los empleados.
La inclusión de una gratificación "no remunerativa" es el punto más caliente de este acuerdo. El Ministerio, fiel a su estilo, vuelve a advertir sobre la interpretación del Artículo 103 de la Ley N° 20.744, que define qué se considera remuneración. Esta advertencia no es casualidad: las sumas "no remunerativas" son una estrategia común para reducir la carga de aportes y contribuciones patronales y personales, lo que alivia los costos empresariales pero también afecta los ingresos futuros de los trabajadores (jubilaciones, obra social) y las arcas del Estado.
Para los trabajadores, la gratificación es un ingreso extra, pero su carácter "no remunerativo" significa que no suma para futuros cálculos de jubilación, aguinaldo completo o vacaciones. Para la empresa, es un ahorro a corto plazo en cargas sociales, pero un riesgo latente de posibles reclamos de AFIP o de los propios empleados a largo plazo. Este tipo de acuerdos refleja la tensión constante entre la necesidad de las empresas de contener costos y el derecho de los trabajadores a salarios dignos y con plenos efectos legales. La decisión del Gobierno de homologar, pero con advertencias, deja en claro que la lupa está puesta sobre estas prácticas.
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