Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
El Ministerio de Transporte bonaerense autorizó un incremento brutal en la tarifa del Abono Escolar fluvial, que pasa de $3.221 a $7.643 por pasaje. La medida, que rige desde su publicación, impacta a miles de estudiantes y docentes del Delta.
Una noticia que hará temblar a las familias del Delta: el Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires acaba de disparar un aumento del 137% en el valor del "Abono Escolar" para los servicios de transporte fluvial de pasajeros. El costo por pasaje, que hasta ahora era de $3.221, se eleva drásticamente a $7.643, una cifra que entrará en vigencia a partir de la publicación de la Resolución N° 92-MTRAGP-2026 en el Boletín Oficial.
Esta decisión, justificada por un "incremento en los costos operativos" y un "desequilibrio de la ecuación económica-financiera", busca garantizar la "continuidad y regularidad del servicio". Según el informe técnico, el costo por kilómetro (CPK) y el Índice de Pasajero por Kilómetro (IPK) han experimentado variaciones que justifican esta revisión tarifaria. El cálculo se realizó tomando el costo por kilómetro de diciembre de 2025, que ascendió a $11.227,50.
Este tarifazo golpea directamente a estudiantes, docentes y personal de establecimientos educativos que dependen del transporte fluvial en el Delta para acceder a sus instituciones. La categoría "Abono Escolar" es una tarifa especial, establecida en su momento para facilitar la movilidad educativa en una región con características geográficas únicas. Ahora, el acceso a la educación en el Delta se encarece considerablemente.
El Estado Provincial ha venido garantizando la operatividad de este servicio a través de aportes económicos y un "Sistema de Compensaciones", pero la cartera de Transporte asegura que los costos actuales hacen insostenible el valor anterior. La resolución deroga implícitamente normativas anteriores que establecían la metodología de cálculo y el valor de los abonos.
El Ministerio de Transporte, amparado en la Ley Orgánica del Transporte de Pasajeros (Decreto Ley N° 16.378/57), tiene la facultad de aprobar tarifas especiales. Sin embargo, un aumento de esta magnitud genera serias preguntas sobre la sostenibilidad del acceso a la educación en la región y la efectividad de las compensaciones estatales. La decisión de redondear la tarifa final a $7.643, a propuesta de la Subsecretaría de Transporte Aéreo y Fluvial, para "operatividad en el cobro", añade un pequeño detalle a la magnitud del ajuste.