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El Ministerio de Capital Humano fijó el nuevo tope indemnizatorio para el Convenio Colectivo de Trabajo N° 735/15 del sector de la construcción en Córdoba. Una medida clave que impacta en los costos laborales y la seguridad de los trabajadores.
En un movimiento que sacude los cimientos del sector de la construcción en Córdoba, la Dirección Técnica sobre Regulación del Trabajo, dependiente del Ministerio de Capital Humano, acaba de fijar el importe promedio de las remuneraciones que determinará el tope indemnizatorio para los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo N° 735/15.
Esta disposición, que se enmarca en el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, es crucial tanto para empleadores como para empleados. El tope indemnizatorio establece el monto máximo que un trabajador puede recibir en concepto de indemnización por despido sin justa causa. Al actualizarse, impacta directamente en:
La medida surge de un acuerdo previo entre la Unión Empleados de la Construcción Argentina -Córdoba- (UECA), la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC), cuyas escalas salariales fueron homologadas en la Disposición DI-2024-26-APN-DNRYRT#MCH. La actualización de este tope es un paso administrativo necesario para reflejar los cambios en las remuneraciones del sector.
Este ajuste es una pieza más en el complejo tablero de las relaciones laborales, y su impacto se sentirá en cada obra y en cada bolsillo de los obreros cordobeses. Es fundamental que tanto empresarios como trabajadores estén al tanto de esta cifra, que redefine las reglas del juego en caso de una desvinculación laboral.
Mantenerse informado sobre estas actualizaciones es vital para comprender los derechos y obligaciones en el dinámico mercado laboral argentino.