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El Ministerio de Transporte bonaerense no da tregua: empresas de micros y hasta un particular fueron sancionados con abultadas multas por operar sin autorización. Los controles se intensifican en rutas clave de la provincia, buscando poner fin a la competencia desleal y garantizar la seguridad de los pasajeros.
El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires ha desatado una implacable campaña de fiscalización contra el transporte ilegal, resultando en multas millonarias para varias empresas y un particular. Los operativos de control, realizados en puntos estratégicos de las rutas bonaerenses, revelaron un patrón preocupante: la prestación de servicios intercomunales sin la debida autorización.
La primera sanción recayó sobre el Sr. Fiocchi Carlos Francisco Dardo, quien deberá abonar una multa de $126.401 por una infracción al artículo 212 del Decreto N° 6864/58, que regula el transporte.
Luego, la lupa se posó sobre Puerto Deseado Turismo S.R.L., domiciliada en CABA, que fue multada con $571.320. La empresa fue detectada el 6 de febrero de 2025 en la Ruta Provincial N° 2, KM 90 (Brandsen), realizando un servicio no autorizado desde Pilar hasta Mar de Ajó con 58 pasajeros a bordo en el vehículo Dominio AC300NS. La infracción se encuadra en el artículo 211 del mismo decreto.
No muy lejos, Empresa El Santiagueño S.R.L., con base en Tucumán, también cayó en la red. El 1 de marzo de 2025, en la Ruta Provincial N° 11, KM 308 (La Costa), su vehículo Dominio FSU447, interno 505, fue sorprendido transportando 52 pasajeros desde Moreno hasta Mar de Ajó sin autorización. La unidad fue demorada y la firma sancionada con $507.846.
Finalmente, el Club Rosario Puerto Belgrano, de Punta Alta, también fue imputado. Durante un operativo el 5 de septiembre de 2024 en Ruta 51, KM 732 (Bahía Blanca), se constató que su vehículo Dominio AVA119 realizaba un servicio no autorizado entre Punta Alta y Cabildo con 25 pasajeros. Lamentablemente, el monto exacto de la multa para esta entidad no se detalla en el fragmento provisto del Boletín Oficial, lo que genera un halo de misterio sobre la magnitud de su sanción.
Estas disposiciones, dictadas por el Director Provincial de Fiscalización del Transporte, Guillermo Varvasino, subrayan el endurecimiento de los controles y la aplicación de la normativa vigente (Decreto Ley N° 16378/57 y su reglamentario Decreto N° 6864/58, junto con la Ley N° 7647/70 de Procedimiento Administrativo).
"El mensaje es claro: operar sin habilitación tendrá consecuencias económicas severas y la posibilidad de demoras de unidades."
Los sancionados tienen un plazo de diez días hábiles para recurrir la resolución y veinte días hábiles para abonar la multa. Existe la opción de adherirse al “Régimen de Regularización de Deudas” aprobado por Decreto N° 871/02, que permite el pago en cuotas.
Para el ciudadano común, estas acciones son un recordatorio de la importancia de utilizar servicios de transporte habilitados, que garantizan estándares de seguridad y cumplimiento normativo. La falta de autorización no solo implica una infracción, sino que podría derivar en servicios sin cobertura de seguro adecuada o en condiciones técnicas no fiscalizadas, poniendo en riesgo a los pasajeros. Mantenerse informado sobre las habilitaciones de los transportistas es clave.