Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
El Instituto de Previsión Social bonaerense denegó el beneficio de pensión a Ana María Pena, quien había fallecido durante el trámite, debido a que se encontraba separada de hecho de su cónyuge.
El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Resolución N° 8.182, resolvió denegar el beneficio de pensión solicitado por Ana María Pena (DNI N° 6.168.046). La solicitud se había realizado en carácter de cónyuge supérstite de Roberto Emilio Perez, fallecido el 23 de septiembre de 2023.
La denegación se fundamenta en que, según la documentación obrante, los cónyuges se encontraban separados de hecho, lo que implica que no se demostró que el matrimonio mantuviera un proyecto de vida en común, en los términos del artículo 431 del Código Civil y Comercial de la Nación. Esta situación impide el otorgamiento del beneficio de conformidad con las previsiones de los artículos 34 inciso 1) y 39 del Decreto-Ley N° 9650/80.
Cabe destacar que la solicitante, Ana María Pena, falleció el 26 de mayo de 2025 durante la tramitación de su solicitud. La resolución, que cuenta con el dictamen de Asesoría General de Gobierno y la vista del Fiscal de Estado, se publica para conocimiento de los interesados, quienes pueden interponer recurso de revocatoria dentro de los veinte (20) días.