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El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires reconoce el derecho póstumo a una pensión para la cónyuge supérstite.
El Honorable Directorio del Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires resolvió revocar una resolución anterior (RESO-2025-9252-GDEBA-IPS de fecha 03 de abril de 2025) y reconocer que Ana María CASTRO, DNI N° 5.752.560, tenía derecho a percibir una pensión. El beneficio, equivalente al 75% del haber jubilatorio de su cónyuge fallecido, Juan José VILA, debía liquidarse desde el 8 de mayo de 2022 hasta el 9 de julio de 2024, fecha del fallecimiento de la propia beneficiaria. Esta resolución declara de legítimo abono las sumas resultantes a favor de los herederos que acrediten legalmente su carácter. La medida es un acto administrativo póstumo que corrige una situación previa y asegura que los derechos previsionales se cumplan, incluso después del deceso del beneficiario original. Los herederos de Ana María CASTRO deberán realizar los trámites correspondientes para acceder a estos fondos.