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La Superintendencia de Seguros de la Nación aprobó un polémico régimen para la percepción y distribución de honorarios judiciales de su Gerencia de Asuntos Jurídicos, abriendo una cuenta especial para el personal. ¿Transparencia o incentivos que pueden generar ruido?
Un movimiento que, si bien es de índole interna, no deja de ser relevante para la gestión y la transparencia de los organismos estatales. La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) ha dado luz verde al “Régimen de Percepción y Distribución de Honorarios Judiciales de la Gerencia de Asuntos Jurídicos”. Esta medida, oficializada por la Resolución 2025-91-APN-SSN#MEC del 20 de febrero de 2025, instruye a la Gerencia Administrativa a abrir una "Cuenta Recaudadora de Fondos Extrapresupuestarios" donde se depositarán los honorarios profesionales liquidados a favor de los abogados que integran la Gerencia de Asuntos Jurídicos.
En esencia, la SSN está formalizando cómo sus propios abogados internos manejarán y se beneficiarán de los honorarios obtenidos en procesos judiciales. Aunque se presenta como una medida administrativa para "ordenar" la gestión, la creación de fondos extrapresupuestarios siempre es un punto sensible en la administración pública.
Para la ciudadanía, la pregunta subyacente es sobre la transparencia y la potencial generación de incentivos que este régimen podría crear. ¿Podría esta modalidad impulsar una mayor litigiosidad o una gestión que priorice la obtención de honorarios por encima de otros criterios? Si bien no hay indicios de irregularidad, el sistema debe ser robusto en sus controles para evitar cualquier percepción de conflicto de interés o de distorsión en las prioridades de los letrados del organismo.
Es fundamental que la implementación de este régimen se realice bajo los más estrictos estándares de ética y rendición de cuentas. Los ciudadanos tienen derecho a saber cómo se administran estos fondos y cómo impacta en la eficiencia y objetividad de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SSN.