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En un giro histórico, la Inspección General de Justicia (IGJ) habilitó que sociedades "regulares" puedan transformarse en "irregulares" (Sección IV), un cambio que promete flexibilizar las estructuras corporativas y reducir la burocracia para miles de empresas en la Ciudad de Buenos Aires.
¡Atención, empresarios y emprendedores! La Inspección General de Justicia (IGJ) ha sacudido el tablero societario con una resolución que redefine las reglas de juego: la Resolución General 5/2025 permite que las sociedades constituidas bajo tipos tradicionales (Capítulo II de la Ley 19.550 o Título III de la Ley 27.349) puedan ahora transformarse en las llamadas "sociedades de la Sección IV" del Capítulo I de la Ley 19.550, es decir, las popularmente conocidas como "sociedades irregulares" o "simples".
Esta medida representa un cambio de paradigma brutal en el derecho societario argentino. Históricamente, la transformación se entendía como un camino hacia la formalización, no hacia la "desformalización". Sin embargo, la IGJ, con una argumentación extensa que invoca el artículo 19 de la Constitución Nacional (el famoso "ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe"), sostiene que la ausencia de una prohibición expresa habilita esta flexibilidad.
"La Constitución Nacional consagra a la libertad como uno de sus axiomas primordiales del sistema jurídico argentino... la ausencia de una prohibición expresa... debe reputarse como un acto admitido y permitido por la normativa vigente."
La posibilidad de "regularmente" volverse "irregular" otorga a las empresas una flexibilidad sin precedentes. Permite a los socios adaptar la estructura jurídica a las necesidades cambiantes de su giro comercial, simplificar la organización interna y, potencialmente, reducir costos administrativos y de cumplimiento. Esto es crucial en un contexto económico volátil, donde la agilidad y la adaptabilidad son claves para la supervivencia.
Beneficios potenciales:
Esta resolución no es casual. Se enmarca en una fuerte corriente de desregulación y liberalización económica impulsada por el actual gobierno. La IGJ, bajo la dirección de Daniel Roque Vitolo, ha sido un actor clave en esta agenda, buscando eliminar barreras y fomentar un ambiente más amigable para la actividad privada. La medida choca con interpretaciones más tradicionales del derecho societario, que veían en la tipicidad y la formalidad una garantía de seguridad jurídica. Sin embargo, la IGJ argumenta que la flexibilidad también puede contribuir a la vitalidad económica.
Para los ciudadanos y empresarios, esta es una noticia de altísima relevancia. Aquellos que operan bajo estructuras societarias formales en CABA tienen ahora una nueva vía para reconfigurar sus negocios, lo que podría traducirse en un alivio administrativo y una mayor agilidad en el mercado.
¿Cómo estar informado? Las empresas deben consultar a sus asesores legales y contables para evaluar si esta nueva opción se alinea con sus objetivos y para asegurar el cumplimiento de los requisitos de inscripción detallados en la resolución (plazos, documentación, balances, dictámenes). La IGJ publicará actualizaciones y aclaraciones en su portal web.