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Una resolución del Ministerio de Economía agiliza los procedimientos de inscripción y declaración jurada para empresas mineras, buscando mayor celeridad y transparencia en un sector estratégico.
En un guiño al sector productivo, la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía acaba de publicar la Resolución 59/2025, una medida que promete desburocratizar y acelerar los trámites para las empresas mineras. Este movimiento, que entra en vigencia con su publicación, modifica el procedimiento de inscripción en el Registro de Inversiones Mineras, creado por la Ley 24.196, y regulariza un histórico dolor de cabeza: las declaraciones juradas de inversiones.
Hasta ahora, la burocracia había generado 'innumerables declaraciones juradas extemporáneas' o 'indebidamente registradas'. La nueva normativa, que sustituye el anexo de la Resolución 30/2018, busca 'mayor celeridad y transparencia' en los trámites.
La principal novedad es que las declaraciones juradas de tareas, estudios e inversiones proyectadas (Artículo 25 de la Ley 24.196) correspondientes a períodos anteriores a 2024, se considerarán suplidas por las declaraciones de inversiones efectivamente realizadas (Artículo 18 de la misma ley). Esto es un alivio gigantesco para las empresas que arrastraban inconsistencias administrativas.
'La presentación así realizada tendrá efectos subsanatorios, sin perjuicio de las facultades de la Autoridad de Aplicación para verificar, requerir información adicional o aplicar sanciones cuando corresponda.'
Esta resolución se alinea con los principios de simplificación administrativa y buena administración, tan declamados por el actual gobierno. Para las compañías mineras, significa menos papeles, menos demoras y, potencialmente, un impulso a nuevas inversiones y proyectos en un sector clave para la economía nacional. El mensaje es claro: facilitar la inversión y el desarrollo.
25 de febrero de 2025
26 de febrero de 2025
25 de febrero de 2025