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La Aduana de Iguazú dio el visto bueno a la polémica subasta electrónica N° 3695 del Banco Ciudad, donde lotes de mercadería incautada encontraron nuevos dueños. ¿Quién se quedó con la 'joya' de la corona y qué impacto tiene esta movida en la frontera caliente?
La Aduana de Iguazú, bajo la firma de Hernan Valerio de Cascia Rios, acaba de oficializar la venta de mercaderías cruciales que fueron rematadas en la subasta electrónica N° 3695, operada por el Banco Ciudad de Buenos Aires. Esta disposición, la 107/2025, no es un mero trámite: confirma el destino de los lotes 3 y 7, previamente autorizados para ser vendidos y que ahora, tras el martillo virtual, tienen dueños definidos.
Si bien el anexo con el detalle de las mercaderías no está en el texto principal, la aprobación de la venta de estos lotes implica que bienes que probablemente fueron incautados o declarados en abandono (una práctica común en aduana) ahora ingresan al circuito comercial formal, generando ingresos para el Estado. La subasta, realizada el 04/09/2025, es un mecanismo transparente (aunque a veces cuestionado por su alcance y acceso) para deshacerse de mercadería acumulada.
Para los compradores, la disposición es la luz verde para retirar sus adquisiciones, lo que implica que deben completar los pagos y los impuestos correspondientes. Esto dinamiza una parte del mercado minorista o de reventa. Para el Estado, significa la concreción de un ingreso. Sin embargo, para la ciudadanía común, el impacto es más bien indirecto: se trata de una gestión administrativa que busca eficientizar el manejo de bienes incautados. La Aduana de Iguazú, una de las fronteras más activas del país, maneja volúmenes significativos de mercadería, y estas subastas son una herramienta constante en su gestión.
Aunque el proceso se lleva a cabo a través de una entidad pública como el Banco Ciudad, siempre surgen preguntas sobre la transparencia total y el acceso a la información sobre los bienes subastados y los precios finales. ¿Fueron los precios de venta los óptimos para el erario público? La normativa se ampara en la Ley 22415 (Código Aduanero) y el Decreto N° 953/2024, que brindan el marco legal para estas operaciones. La aprobación es el paso final para que el Banco Ciudad rinda cuentas y los compradores tomen posesión de sus bienes.