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EDEN S.A. fue sancionada con dos multas millonarias por OCEBA, sumando más de $698 millones, por graves incumplimientos en la seguridad de sus instalaciones eléctricas en Los Cardales y Capilla del Señor, ignorando repetidas advertencias.
El Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) ha dictado un golpe demoledor contra la Empresa Distribuidora de Energía Norte Sociedad Anónima (EDEN S.A.), imponiéndole dos multas que, sumadas, superan los $698 millones de pesos. La razón: gravísimos y persistentes incumplimientos en la seguridad en la vía pública en sus sucursales de Los Cardales y Capilla del Señor.
Las auditorías de OCEBA, realizadas en junio de 2024, revelaron decenas de anomalías en las instalaciones eléctricas de EDEN S.A. que representaban un peligro inminente para la vida, la integridad física y los bienes de los ciudadanos. En Los Cardales, se detectaron 67 anomalías, y en Capilla del Señor, 63. Lo más escandaloso es que, a pesar de las intimaciones y plazos, la empresa mostró un "grado de incumplimiento del 100%" inicialmente en Los Cardales y solo un 80% de normalización en Capilla del Señor, con documentación fotográfica insuficiente para acreditar el saneamiento total.
OCEBA fue categórico: la obligación de mantener y operar las instalaciones sin peligro para la seguridad pública es primordial y exclusiva de la concesionaria. La electricidad es un fluido especialmente peligroso, y la distribuidora, como "guardián" de estas instalaciones, tiene un deber de vigilancia constante y estricto. El organismo citó jurisprudencia que considera las líneas eléctricas como "cosas productoras de peligro" y que "basta la presencia de cualquier amenaza, ya sea potencial o real, para considerar que existe peligro para la seguridad pública".
La magnitud de las multas, de $349.397.140,40 para cada sucursal, se calculó teniendo en cuenta el tope anual máximo global y los numerosos antecedentes de sanciones previas de EDEN S.A., buscando que sirvan como "señal e incentivo para corregir la conducta". Aunque el cobro de estas sanciones está suspendido hasta la implementación del primer cuadro tarifario de la Revisión Tarifaria Integral (RTI), la obligación de abonarlas y registrarlas es firme.