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El Gobierno sigue moviendo fichas en su gabinete. Dos nuevas designaciones transitorias, una en Energía y otra en Derechos Humanos, generan controversia al ser autorizadas por “excepción” a los requisitos habituales de la función pública.
El Boletín Oficial de hoy revela movimientos en la estructura del Estado que, si bien parecen rutinarios, esconden detalles que encienden las alarmas. Se trata de dos designaciones transitorias en puestos clave, ambas con la particularidad de haber sido autorizadas bajo la figura de "excepción" a los requisitos establecidos por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).
En el Ministerio de Economía, se designó a la contadora pública María Alejandra Marcolli (MI N° 21.030.827) como Directora Nacional de Economía y Regulación, dependiente de la Secretaría de Energía. Su nombramiento, por 180 días hábiles a partir del 1° de septiembre de 2025, viene con la autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos del artículo 14 del SINEP. ¿Qué significa esto para la idoneidad del cargo en un área tan sensible como la energía?
Por otro lado, en el Ministerio de Justicia, el magister Alfredo Mauricio VÍTOLO (D.N.I. Nº 14.526.654) asume transitoriamente como Director Nacional de Asuntos Jurídicos en Materia de Derechos Humanos. También por 180 días hábiles y con la misma "excepción" a los requisitos del SINEP. Este cargo, vital para la protección de derechos, ¿puede ser ocupado por alguien que no cumple con el perfil estándar?
"Estas excepciones, aunque previstas en la normativa, siempre generan suspicacias sobre la meritocracia y la transparencia en el ingreso a la función pública", señaló un exfuncionario. "¿Es una flexibilización necesaria o una puerta abierta a la discrecionalidad?"
Ambas designaciones, que se realizan sin constituir asignación de recurso extraordinario, reflejan la urgencia del Gobierno por cubrir puestos, pero también abren un debate sobre los estándares de profesionalismo en la administración pública. Los cargos deberán ser cubiertos definitivamente mediante concurso en un plazo de 180 días, pero la pregunta es: ¿por qué la excepción ahora?
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