Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) actualizó las regulaciones para los Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil (CEAC), buscando armonizar con estándares internacionales y simplificar trámites. Se establecen plazos de adecuación y nuevas pautas para la certificación y supervisión del personal aeronáutico, con foco en la seguridad operacional.
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) publicó una importante actualización en las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), específicamente en la Parte 142, que rige la certificación, funcionamiento y vigilancia de los Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil (CEAC). Esta medida, que deroga y modifica resoluciones previas, busca armonizar la normativa nacional con los estándares internacionales establecidos por la OACI y el Sistema Regional de Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP).
La nueva edición de la Parte 142 incorpora previsiones específicas sobre los programas de instrucción y entrenamiento, asegurando coherencia con la Parte 61 de las RAAC, que trata sobre licencias y habilitaciones de pilotos. Además, se enmienda la Parte 147, referida a los centros para mecánicos aeronáuticos.
El objetivo principal es garantizar la seguridad operacional, simplificar la gestión de trámites, reducir duplicidades normativas y concentrar en un único texto los requisitos exigibles a los CEAC. Esto implica una mayor claridad y estandarización en la formación del personal aeronáutico, desde pilotos hasta mecánicos, lo que repercute directamente en la seguridad de los vuelos.
Los Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil (CEAC) tendrán hasta el 31 de diciembre de 2026 para adecuar sus procedimientos internos y sus Manuales de Instrucción y Procedimientos (MIP) a las nuevas exigencias de la Parte 142. Aquellos que no cumplan con esta disposición no podrán iniciar nuevos cursos ni registrar alumnos a partir de esa fecha.
Sin embargo, los cursos ya iniciados bajo programas anteriores a la entrada en vigencia de esta resolución podrán continuar y finalizar bajo las reglas previas, manteniendo su validez. Además, se permite iniciar cursos de duración inferior a 5 meses hasta el 30 de junio de 2026 con los programas ya aprobados.
Para los ciudadanos, esta medida refuerza la confianza en la calidad y seguridad de la aviación civil argentina, al asegurar que el personal a cargo de las aeronaves y su mantenimiento recibe una formación actualizada y estandarizada según los más altos parámetros internacionales. Es una apuesta por la excelencia en la capacitación y la prevención de riesgos en el sector.
Los interesados, especialmente los CEAC y el personal aeronáutico, deberán seguir de cerca las publicaciones de la ANAC y los Métodos Aceptables de Cumplimiento (MAC) y Material Explicativo e Informativo (MEI) que se elaboren para facilitar la aplicación de esta nueva normativa.