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El Ministerio de Transporte bonaerense sancionó a varias empresas con cuantiosas multas por operar vehículos sin habilitación o realizar servicios intercomunales sin autorización. Un golpe a la ilegalidad que busca ordenar el sector, aunque con opción de regularización de deudas.
El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires no se anda con chiquitas y acaba de meter un freno de mano a varias firmas del rubro. La fiscalización se intensifica y el Boletín Oficial se llenó de notificaciones que sacuden a las empresas de transporte de pasajeros.
En un claro mensaje de que la regulación no es negociable, la cartera provincial aplicó sanciones económicas considerables. Una de las disposiciones, la N° DISPO-2025-1370-GDEBA-DPTFMTRAGP, impuso multas por un total de $223.356 (resultado de dos multas de $76.411 y $146.945), demostrando el rigor con el que se persiguen las infracciones a la Ley N° 16378/57 y sus modificaciones.
TRANSPORTES 11 DE JUNIO S.R.L. (CUIT N° 30-70854893-2): Esta empresa fue sancionada con una multa de $126.372 por una infracción grave: afectar a los servicios vehículos no habilitados. El caso se remonta a un operativo en Mercedes el 2 de enero de 2025, donde se constató que un colectivo (Dominio AG243FU, interno 39) realizaba un servicio desde Luján a Mercedes sin la debida autorización. La firma no presentó descargo, lo que derivó en la Disposición N° DISPO-2025-1491-GDEBA-DPTFMTRAGP del 22 de septiembre de 2025.
MONTE GRANDE BUS S.A.S. (CUIT 30-71658606-1): Aunque el monto de la multa no se detalla completamente en el extracto, esta empresa también recibió una notificación de sanción. La infracción detectada el 31 de julio de 2025 en Ezeiza fue la realización de un servicio intercomunal sin autorización, transportando pasajeros desde Monte Grande hasta el Parque Industrial de Ezeiza con un vehículo (Dominio AG774PM, interno 2063). La falta de descargo consolidó la sanción en una Disposición del 17 de septiembre de 2025, bajo el marco del artículo 211 de la normativa vigente.
Las compañías tienen un plazo de diez (10) días hábiles para recurrir estas resoluciones ante la Subsecretaría de Transporte. Si optan por el pago, disponen de veinte (20) días hábiles desde la notificación. El pago se realiza mediante interdepósito bancario en el Banco Provincia, a la orden del “Fondo Provincial del Transporte -Ley 11.126- Cuenta 1568/6”. Además, se ofrece un “Régimen de Regularización de Deudas” (Decreto N° 871/02) para quienes deseen abonar en cuotas, un salvavidas que puede aliviar el impacto financiero.
Esta serie de multas no solo afecta el bolsillo de las empresas, sino que también envía una señal clara al sector: la informalidad y la falta de habilitación tienen consecuencias. Para los ciudadanos, esto implica una promesa de mayor seguridad y orden en el transporte público, aunque también pone de manifiesto la persistencia de operadores que evaden las regulaciones. Es fundamental que el público esté atento a estas fiscalizaciones, ya que un transporte regulado es sinónimo de un servicio más confiable y seguro para todos.