Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
El IPS deniega el traslado del 'Adicional Refrigerio' de la Municipalidad de Pinamar a los haberes jubilatorios, argumentando que no es remunerativo. Una medida que impacta directamente en las futuras jubilaciones municipales.
¡Atención, empleados municipales de Pinamar! Una reciente resolución del Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires acaba de asestar un duro golpe a las expectativas jubilatorias, al denegar la incorporación del "Adicional Refrigerio" en el cálculo de los haberes de pasividad. La decisión, que sienta un precedente, podría afectar a miles de trabajadores en la provincia.
La Municipalidad de Pinamar había consultado sobre la viabilidad de trasladar este adicional, que se abona mensualmente a todo el personal de Planta Permanente o Política, y que incluso está sujeto a aportes previsionales. Sin embargo, el IPS fue tajante: el "Adicional Refrigerio", por su naturaleza, no es una retribución por servicios ni un aumento salarial sin contraprestación, sino una compensación para gastos de comida o alimentos.
"...el fundamento y naturaleza del adicional en cuestión se encuentra en la retribución de una prestación alimentaria, y sin perjuicio de los descuentos previsionales que se hubiesen realizados, corresponde rechazar su traslado a la pasividad;"
El argumento central del IPS se basa en el artículo 40 del Decreto-Ley N° 9650/80 (T.O. 1994), que expresamente excluye las prestaciones alimentarias del concepto de remuneración a los efectos de practicar aportes. A pesar de que la Comuna informó que el suplemento se liquida proporcionalmente al sueldo básico y está sujeto a aportes, el IPS sostiene que un "cambio de hecho" en su aplicación no altera su "naturaleza de derecho".
Esta resolución es una clara señal de la postura restrictiva del IPS en la interpretación de qué componentes salariales son trasladables a la jubilación, buscando mantener la integridad del sistema previsional. Para los empleados municipales, es un llamado a revisar sus proyecciones y entender qué es realmente computable para su futuro retiro.

6 de abril de 2025
19 de marzo de 2026
18 de julio de 2025