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El Gobierno modifica los límites de las indemnizaciones para la industria de la pintura, dejando sin efecto topes anteriores y generando expectación en el sector.
Una Disposición del Ministerio de Capital Humano, firmada por Mara Agata Mentoro, ha generado revuelo en la industria de la pintura. No solo fija nuevos importes promedio de remuneraciones y topes indemnizatorios para el Convenio Colectivo de Trabajo N° 86/89, sino que además deja sin efecto topes anteriores con fecha de entrada en vigencia del 1° de septiembre de 2022. Esto afecta directamente a los trabajadores y empresas representadas por la UNION PERSONAL DE FABRICAS DE PINTURAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA DE LA INDUSTRIA DE LA PINTURA.
La decisión de dejar sin efecto y actualizar topes anteriores subraya la dinámica constante de ajuste en el mercado laboral. Mientras que la fijación de un nuevo tope brinda claridad para el futuro, la modificación retroactiva de un período específico (septiembre de 2022) puede generar dudas sobre la estabilidad de las normativas.
Este acto es el resultado de la homologación de nuevos incrementos salariales pactados para el mes de septiembre de 2022. Para los trabajadores y empleadores del sector, es fundamental revisar estas actualizaciones para calcular correctamente las indemnizaciones por despido, conforme al artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. ¡Un cambio que obliga a recalcular y estar más atentos que nunca!