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El Gobierno nacional, a través de un Decreto presidencial, rechazó el recurso jerárquico interpuesto por una agente civil de planta permanente de la Fuerza Aérea Argentina. La medida confirma la validez de su reencasillamiento escalafonario, agotando la vía administrativa para la interesada.
El Boletín Oficial publicó un decreto presidencial que rechaza el recurso jerárquico presentado por Mercedes Beatriz Guitera, una agente civil de planta permanente de la Fuerza Aérea Argentina. La medida ratifica su reencasillamiento en el Agrupamiento Profesional, Nivel III, Grado 2, según lo establecido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
La agente había interpuesto un recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra la Resolución del Ministerio de Defensa N° 618/17, que dispuso su reencasillamiento. Su argumento se basaba en que, por su titulación de Médica Especialista en Pediatría y su antigüedad en la Administración Pública Nacional, le correspondía un nivel escalafonario superior. Sin embargo, tras el análisis de la normativa vigente –principalmente los artículos 132 a 141 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2539/15, y resoluciones complementarias–, se determinó que el reencasillamiento se realizó de manera correcta, considerando su situación escalafonaria al 31 de octubre de 2016 y su experiencia laboral.
Con la publicación de este decreto, la vía administrativa para la señora Guitera queda agotada. Esto significa que, si desea continuar con su reclamo, deberá recurrir a la vía judicial, para lo cual tiene un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales a partir de la notificación de esta medida. Para la Administración Pública Nacional, este caso sienta un precedente en la aplicación de los criterios de reencasillamiento y en la gestión de los reclamos de personal civil de las Fuerzas Armadas, reafirmando la validez de los procedimientos establecidos.
La Oficina Nacional de Empleo Público del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado intervino en el proceso, en su rol de órgano rector en la materia, asegurando la correcta aplicación de la normativa.
"El presente acto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017."