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Una ola de rechazos sacude al personal civil de las Fuerzas Armadas. Tres decretos presidenciales desestimaron recursos de empleados de la Armada y la Fuerza Aérea que buscaban un mejor escalafón. ¿Un mensaje de austeridad o una burocracia inflexible?
La Casa Rosada, a través de una serie de decretos firmados por el Presidente Milei y el Ministro de Defensa, ha rechazado contundentemente los recursos jerárquicos interpuestos por tres agentes civiles de las Fuerzas Armadas. Se trata de María del Carmen TABOADA (D.N.I. N° 24.924.702) de la ARMADA ARGENTINA, Azucena Mariana TORRES (D.N.I. N° 18.231.788) también de la ARMADA ARGENTINA, y Miguel Ángel SOSA (D.N.I. N° 14.037.300) de la FUERZA AÉREA ARGENTINA.
Estos empleados buscaban modificar su reencasillamiento escalafonario dispuesto en 2017, argumentando errores en la asignación de agrupamientos, niveles y grados, basándose en su capacitación, funciones y antigüedad en la Administración Pública Nacional. La Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA N° 614/17 (para Taboada y Torres) y la Resolución N° 618/17 (para Sosa) fueron el origen de estos reclamos.
El Gobierno, tras un exhaustivo análisis que incluyó la intervención de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, dictaminó que las reubicaciones se realizaron correctamente, aplicando a rajatabla el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal Civil y Docente Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (homologado por el Decreto N° 2539/15) y sus modificatorios. Se consideraron criterios como la categoría de revista al 30 de junio de 2015 (luego modificada al 31 de octubre de 2016) y la experiencia laboral acreditada.
"Se han aplicado correctamente las normas de reencasillamiento bajo principios expresamente contemplados en la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, tales como jerarquización, capacitación, representatividad y trato igualitario."
Para los afectados, la decisión es un duro golpe. Con el dictado de estos decretos, queda agotada la vía administrativa, abriendo la puerta a la vía judicial. Tendrán un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales para interponer acciones legales. Esto implica que la lucha por una mejor posición laboral se traslada ahora a los tribunales, con un costo económico y emocional que no es menor para los trabajadores. La administración pública, una vez más, muestra su faceta más rígida ante los reclamos individuales.