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Una disposición provincial establece requisitos para la actividad cinegética, incluyendo la acreditación de cumplimiento de normativas de armamento y la declaración de trampas de captura viva, buscando un mayor control y registro.
La normativa provincial, haciendo referencia al Decreto N° 1878/73 y otras regulaciones, establece una serie de requisitos y obligaciones para los responsables de la actividad cinegética (caza) en la provincia de Buenos Aires. El objetivo es reforzar el control y la transparencia en esta práctica.
Entre los puntos principales, se exige a los cazadores y responsables acreditar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos legales vigentes relativos a la tenencia, transporte, portabilidad y uso del armamento empleado. Esto debe hacerse conforme a la legislación nacional y provincial aplicable en la materia, buscando garantizar un manejo seguro y legal de las armas.
Además, en caso de utilizar trampas de captura viva de uso permanente a lo largo del año, se deberá declarar el tipo y la cantidad de trampas existentes en la propiedad, así como identificar a las personas responsables de las mismas. Será obligatorio notificar la fecha de inicio del trampeo y, mensualmente, informar sobre los animales faenados.
Estas disposiciones aumentan la carga administrativa y la responsabilidad para quienes realizan actividades de caza o utilizan trampas. El registro y la notificación constante de la actividad buscan prevenir la caza ilegal, el maltrato animal y el uso indebido de armamento. Para los propietarios de campos, implica un mayor control sobre las prácticas que se desarrollan en sus tierras y la necesidad de mantener registros actualizados.
La medida apunta a una gestión más rigurosa de la fauna y los recursos naturales. Al exigir la declaración de trampas y la notificación de faenas, la autoridad busca obtener datos precisos para monitorear las poblaciones de especies, evaluar el impacto de la caza y asegurar la sostenibilidad ambiental. Las cuestiones no previstas por esta disposición serán resueltas por la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 10.907, lo que indica un marco legal amplio para la regulación de la actividad.