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El IPS revocó resoluciones previas y reconoció los derechos jubilatorios de Silvia Cali Pergola y Juan José Aguilera, fallecidos durante el trámite. Se acordaron pensiones a sus cónyuges, asegurando los beneficios póstumos.
El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Resolución N° 7.891, se pronunció sobre dos expedientes que involucran el reconocimiento de beneficios jubilatorios y pensionarios tras el fallecimiento de los titulares.
En el caso de Silvia Beatriz Cali Pergola, DNI N° 16.639.318, la resolución revocó una anterior (RESO-2023-15699-GDEBA-IPS) dictada póstumamente. Se reconoció su derecho a Jubilación Ordinaria, equivalente al 80% del sueldo y bonificaciones de Inspector Jefe de Zona o Región con 28 años de antigüedad en la Dirección General de Cultura y Educación. Este beneficio debía liquidarse desde el 1° de septiembre de 2018 hasta el 25 de junio de 2023, fecha de su fallecimiento. Consecuentemente, se declaró de legítimo abono las sumas devengadas a favor de sus herederos. Además, se acordó el beneficio de pensión a Yamil Samanta Guillier, DNI N° 26.240.003, cónyuge de la causante, a partir del 26 de junio de 2023, liquidado en base al 60% del sueldo y bonificaciones del cargo de Cali Pergola.
De manera similar, la resolución abordó el caso de Juan José Aguilera, DNI N° 17.564.593. Aquí también se revocó una resolución previa (RESO-2024-5613-GDEBA-IPS) por haber sido dictada tras su fallecimiento. Se reconoció su derecho a Jubilación Ordinaria, equivalente al 80% del sueldo y bonificaciones de Profesor 24 Módulos Media con 26 años de antigüedad en la Dirección General de Cultura y Educación. Este beneficio debía liquidarse del 10 de junio de 2023 al 22 de diciembre de 2023, fecha de su fallecimiento, y las sumas se declararon de legítimo abono para sus herederos. La pensión se acordó a Bibiana del Carmen González, DNI N° 21.668.205, cónyuge supérstite, a partir del 23 de diciembre de 2023, liquidada en base al 60% del sueldo y bonificaciones del cargo de Aguilera.
Ambas decisiones resaltan la política del IPS de asegurar los derechos previsionales incluso cuando el titular fallece durante la tramitación, garantizando la continuidad de los beneficios para sus derechohabientes. Los interesados tienen un plazo de veinte días para interponer recurso de revocatoria contra estas resoluciones. Se recuerda que los beneficios para hijos caducan a los 18 años, con posibilidad de prórroga hasta los 25 bajo ciertas condiciones.