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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) digitaliza y centraliza el crucial régimen de reposición de stock, integrándolo a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEA). ¿Un paso gigante hacia la agilización o una nueva trampa burocrática para el comercio exterior?
¡Agárrense, importadores! La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) acaba de dictar la Resolución General 5613/2024, que promete un antes y un después en el comercio exterior argentino. La gran novedad es la incorporación de la autorización de importación de mercadería con beneficio de reposición de stock al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA). Esto significa que un trámite que solía ser un dolor de cabeza, ahora se digitaliza y centraliza.
El régimen de reposición de stock, previsto en el Decreto N° 1.330/04, permite a las empresas importar mercadería para reponer aquella que fue utilizada en productos exportados, o que fue destinada a perfeccionamiento industrial. Hasta ahora, el procedimiento era engorroso y, en parte, se manejaba con una "Nota Externa" que era una solución provisoria desde 2008. ¡Casi 16 años después, la provisoriedad llega a su fin!
La integración a la VUCEA implica que la autorización de importación, emitida por la Subsecretaría de Comercio Exterior, se remitirá directamente a la Dirección General de Aduanas de forma electrónica. Esto debería agilizar los procesos, reducir errores y optimizar el control de las operaciones aduaneras. Para las empresas que dependen de la importación de insumos y la exportación de productos finales, esta medida es crucial para la eficiencia logística y financiera.
La resolución también abroga la vieja Nota Externa N° 58 (DGA) del 23 de julio de 2008, un símbolo de la burocracia del pasado. Sin embargo, como siempre, la clave estará en la implementación efectiva de los nuevos mecanismos informáticos. ¿Logrará la ARCA cumplir con la promesa de una aduana más ágil y transparente, o será solo un cambio de siglas en la misma maraña de trámites? La medida entrará en vigencia a los DIEZ (10) días hábiles de su publicación en el Boletín Oficial, así que el reloj ya está corriendo.
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