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SENASA aprueba normas complementarias a la Norma Técnica de Alimentos para Animales, estableciendo plazos para la regularización de certificados vencidos y vigentes, y nuevas reglas para productos en proceso de inscripción. Un cambio profundo que afectará a toda la cadena de producción agroalimentaria.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), a través de la Disposición 1/2025 de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, ha lanzado una serie de normas complementarias que revolucionan la regulación de los alimentos para animales en Argentina. Esta medida busca optimizar la implementación de la nueva Norma Técnica de Alimentos para Animales (Resolución RESOL-2024-1415-APNPRES#SENASA).
Los cambios son drásticos y establecen plazos perentorios para la regularización:
Además, la disposición aclara aspectos sobre la dirección técnica, la transición al nuevo Sistema Integral de Gestión de Trámites (SIG Trámites), las transferencias y la documentación para productos importados (certificado de origen no mayor a un año, y actualización cada cinco). Un dato clave: los estudios de estabilidad (Anexo IX) no serán exigibles hasta que SENASA determine la capacidad de los laboratorios nacionales. Esta normativa representa un desafío significativo para la industria, que deberá adaptarse rápidamente para evitar la interrupción de sus operaciones, pero promete mayor inocuidad y calidad en el largo plazo. Para mantenerse informado, se recomienda consultar regularmente el Boletín Oficial y la web de SENASA.