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Un decreto explosivo centraliza en la CNCE la lucha contra el dumping y las subvenciones, prometiendo agilidad y transparencia. ¿Adiós a la burocracia o más poder para el Estado? Las empresas, atentas a los nuevos plazos y la polémica cláusula de 'interés público'.
El Gobierno Nacional acaba de sacudir el tablero del comercio exterior con el Decreto 33/2025, una medida que busca revolucionar y simplificar los procedimientos de defensa comercial, incluyendo la lucha contra el dumping, las subvenciones y la aplicación de salvaguardias. Publicado el 16 de enero de 2025, este decreto deroga normativas clave como los Decretos Nros. 1059/96, 1219/06 y 1393/08, y reconfigura el rol de la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE).
La principal novedad es la unificación de todos los procedimientos de prácticas de comercio internacional bajo la exclusiva competencia de la CNCE, un organismo ahora más robusto y centralizado dentro de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía. Esto promete agilizar las investigaciones y optimizar la capacidad técnica estatal, reduciendo la dispersión burocrática que solía demorar años en resolverse.
Para las empresas nacionales, esto representa una buena noticia: tendrán un camino más claro y rápido para protegerse de la competencia desleal, con plazos acotados para las investigaciones (¡solo 8 meses para dumping y subvenciones, y 9 para salvaguardias!). La CNCE ofrecerá incluso una instancia de asesoramiento previo para facilitar las solicitudes.
Por otro lado, los importadores deberán estar más atentos. Si bien se busca transparencia, la agilidad de los procedimientos podría significar una aplicación más rigurosa y rápida de medidas si se detectan prácticas desleales. El decreto también introduce la posibilidad de suspender medidas antidumping o compensatorias vigentes por “razones atinentes a la política general de comercio exterior y al interés público” (Art. 72). Esta cláusula es un arma de doble filo: por un lado, otorga flexibilidad al Ejecutivo para adaptar la política comercial a coyunturas específicas; por otro, abre la puerta a la discrecionalidad y podría generar incertidumbre en los mercados, dependiendo de cómo se interprete y aplique el “interés público”.
El decreto también establece nuevas reglas para los exámenes de medidas (por cambio de circunstancias, expiración o nuevos exportadores) y para detectar la elusión de derechos, es decir, maniobras para evitar las restricciones. La duración máxima de los derechos antidumping y compensatorios se fija en 3 años, con exámenes de extensión de hasta 2 años. Las salvaguardias tienen un límite de 2 años, prorrogables a un total de 4.
Indirectamente, estos cambios pueden influir en la disponibilidad y los precios de productos importados. Una política de defensa comercial más eficiente podría proteger la industria nacional, pero la aplicación de derechos (aranceles adicionales) podría encarecer ciertos bienes. El decreto menciona la participación de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor, lo que sugiere una intención de equilibrar la protección industrial con los intereses de los consumidores. Sin embargo, la clave estará en la implementación y el criterio con el que se aplique la controvertida cláusula de “interés público”.
Para estar informado sobre futuras actualizaciones y la normativa complementaria que dictará la Secretaría de Industria y Comercio, se recomienda seguir el sitio oficial de la CNCE (https://www.argentina.gob.ar/cnce) y el Boletín Oficial.