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El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) dio un golpe de timón y derogó la vieja normativa que complicaba la inscripción de contratos de transferencia de tecnología. Ahora, el proceso será más simple y ágil, en línea con la desregulación que impulsa el Poder Ejecutivo.
¡Atención emprendedores, innovadores y empresas! El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) acaba de lanzar una medida que promete agilizar y simplificar un trámite clave para el desarrollo: la inscripción de contratos de transferencia de tecnología. A través de la Resolución 38/2026, el INPI derogó la obsoleta Resolución N° 328 de 2005 y aprobó un nuevo reglamento mucho más acorde a los tiempos que corren.
La principal novedad es que, dado que el registro de estos contratos es actualmente facultativo y a mero título informativo, las pautas anteriores resultaban excesivamente engorrosas y fiscalizadoras. El INPI reconoció que las previsiones de la norma derogada 'resultan más acordes a previsiones cuyo resultado era la decisión de aprobar o no el registro de un contrato, y no la de inscribir el mismo a simple título informativo como ocurre actualmente'.
Este cambio radical busca aligerar y simplificar la gestión, eliminando cargas innecesarias y confiando en la declaración jurada del solicitante. La medida se enmarca en la política pública de desregulación y desburocratización impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional, prometiendo un entorno más favorable para la inversión y el desarrollo tecnológico. Para las empresas, esto significa menos tiempo y recursos invertidos en trámites, y una mayor facilidad para acceder a tecnologías clave. ¡Una buena noticia para la innovación!