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La Secretaría de Agricultura unifica y actualiza la normativa sanitaria para establecimientos que procesan frutas, hortalizas y otros vegetales. ¡Adiós a las viejas reglas! Se busca mayor inocuidad y trazabilidad, pero ¿están las pymes listas para el cambio?
El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, ha lanzado una Resolución 21/2025 que sacude el tablero de la producción y procesamiento de alimentos vegetales. La medida modifica la histórica Resolución N° 48/98 y otras normas, unificando y actualizando el marco sanitario para todos los establecimientos que empacan, almacenan, climatizan, acondicionan y/o procesan frutas, hortalizas, aromáticas, semillas comestibles, vegetales para infusión, hongos y algas en Argentina.
El objetivo central es garantizar la sanidad e inocuidad de los agroalimentos y establecer una trazabilidad sanitaria más robusta. La nueva normativa actualiza requisitos y procedimientos, incorporando figuras que habían quedado fuera de la vieja reglamentación y exigiendo la inscripción en un Registro Único de Empaque, Climatización y/o Almacenamiento. Esto permite una gestión más eficiente de la información y un control más moderno.
Además, se enfatiza la responsabilidad primaria e ineludible de los actores de la cadena agroalimentaria en velar por la sanidad e higiene de su producción. El SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria) se consolida como la autoridad de aplicación, con facultades para fiscalizar y exigir el cumplimiento de las normativas, incluyendo las del Codex Alimentarius y los convenios internacionales para productos de exportación.
Para el sector, esto implica una mayor exigencia en infraestructura, manejo y acondicionamiento. Si bien busca proteger la salud del consumidor, para las pequeñas y medianas empresas (pymes) del rubro podría significar inversiones importantes y adaptaciones costosas. La resolución promete asistencia técnica, lo que será clave para la implementación.
Para el ciudadano común, la promesa es clara: alimentos más seguros y de mejor calidad en su mesa. Sin embargo, la efectividad dependerá de la capacidad de fiscalización del SENASA y de la adaptación del sector productivo. La medida deroga numerosos apartados de resoluciones de 1965, 1967, 1983 y 2013, consolidando un marco normativo que busca poner a Argentina a la vanguardia en inocuidad alimentaria. Las sanciones por transgresiones serán las establecidas en el Capítulo V de la Ley N° 27.233.
“Esta actualización era necesaria, pero el desafío será que no se convierta en una barrera para los pequeños productores que necesitan apoyo para cumplir con los nuevos estándares.”
Para estar informado sobre futuras actualizaciones, se recomienda seguir los comunicados del SENASA y la Secretaría de Agricultura.