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El INPI mete un bombazo normativo que promete acelerar el registro de marcas, eliminando trabas burocráticas y dejando la defensa en manos de los privados. ¿Menos papeleo, más riesgo?
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) ha desatado una verdadera revolución en el sistema de registro de marcas con su Resolución 583/2025. La medida, que busca una "simplificación del trámite", limita drásticamente el examen de las solicitudes de nuevas marcas. A partir de ahora, el INPI se centrará únicamente en verificar las prohibiciones absolutas o aquellas vinculadas al orden público, como la falta de carácter distintivo.
¿Qué significa esto para vos, emprendedor o empresario? ¡Un trámite mucho más ágil! Las objeciones basadas en similitudes con marcas preexistentes o nombres de personas, que antes podían demorar meses o años, ahora serán responsabilidad de terceros. Es decir, si tu marca se parece a otra, será el titular de esa marca quien deberá oponerse, no el INPI de oficio. Esto acelera significativamente los tiempos, ya que el examen de forma y registrabilidad se hará inmediatamente después de la solicitud, y la publicación en el Boletín de Marcas será por solo un día. Si no hay oposiciones en 30 días, ¡marca concedida!
La resolución modifica el artículo 47 de la Ley N° 22.362 y busca armonizar el sistema argentino con prácticas internacionales, como las de la Unión Europea. Si bien esto impulsa la inversión y la innovación al reducir la incertidumbre y los plazos, también pone una mayor carga en los titulares de marcas para que estén atentos a las publicaciones y ejerzan su derecho de oposición. Es un cambio de paradigma: el Estado se retira de la "defensa privada" para enfocarse en el interés general.
Las empresas deberán ser más proactivas en la vigilancia de sus marcas. Los nuevos emprendedores verán una puerta de entrada más rápida al mercado, pero también enfrentarán el desafío de monitorear posibles conflictos. Es una desregulación que busca eficiencia, pero que traslada responsabilidades.
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