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El Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal ajusta sus tarifas y simplifica el sistema de contribuciones, con un guiño especial para los proyectos de vivienda social. ¿Un alivio para el bolsillo y la burocracia en el sector?
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha lanzado la Disposición 2/2025, una medida que promete sacudir el mercado inmobiliario, especialmente para aquellos involucrados en proyectos de vivienda social. Esta disposición, que entrará en vigencia el 1° de marzo de 2025, busca adecuar y simplificar el cuadro de valores de las contribuciones de la Ley 17.050, así como precisar los criterios de aplicación de la tasa registral (Decreto 1487/1986, modificado por el Decreto 902/2024).
La noticia más resonante es la reducción del 50% sobre el valor de la minuta registral para los proyectos destinados a la adquisición de inmuebles con destino de vivienda social mediante planes oficiales. Además, se eximen de las contribuciones de la Ley 17.050 las solicitudes de informe de índice de titularidad (N°3) y las certificaciones exigidas por la Ley 17.801, cuando sean requeridas por escribanos o funcionarios que actúen en el marco de estos planes de vivienda social. Para acceder a este beneficio, la minuta rogatoria y las solicitudes deberán llevar la leyenda "Vivienda Social".
Esta medida es un claro impulso a la construcción y acceso a la vivienda social, reduciendo costos y burocracia para los desarrolladores y, en última instancia, para los beneficiarios. Para el ciudadano común que busca acceder a su casa, esto podría significar un alivio en los costos finales del trámite. Para los profesionales del sector, como escribanos y desarrolladores, brinda mayor claridad y simplificación en un ámbito a menudo complejo. Es un paso hacia una gestión más eficiente y socialmente consciente de los registros inmobiliarios.

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