Recibe los análisis más provocadores del Boletín Oficial. No es una newsletter, es un manifiesto diario.
Nos tomamos en serio tu privacidad. No compartiremos tu información.
La Superintendencia de Servicios de Salud lanza un programa de adhesión voluntaria para que las obras sociales garanticen Factor VIII a pacientes con Hemofilia Severa Tipo A mayores de 21 años, cerrando una brecha crítica en la cobertura.
Una noticia que trae alivio a miles de familias: la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) ha creado el Programa de Adhesión Voluntaria para la Adquisición de Factor VIII con fines de profilaxis para pacientes con Hemofilia Severa Tipo A mayores de VEINTIÚN (21) años de edad. Este es un cambio trascendental, ya que hasta ahora la cobertura centralizada del Factor VIII, un medicamento vital, estaba limitada a pacientes de hasta 21 años, dejando a los adultos en una situación de vulnerabilidad y discontinuidad en su tratamiento.
El problema era grave: la interrupción de la profilaxis en pacientes adultos con Hemofilia Severa Tipo A provocaba un aumento en la frecuencia y severidad de episodios hemorrágicos, con consecuencias devastadoras para la salud articular, la capacidad funcional y la calidad de vida. Además, generaba costos elevados a largo plazo para el sistema de salud, por la necesidad de tratamientos de emergencia y cirugías ortopédicas que podrían haberse prevenido.
Con este nuevo programa, la SSS busca garantizar la continuidad del tratamiento, reconociendo la evidencia científica que avala la profilaxis continua como la estrategia más efectiva. El Programa Médico Obligatorio (PMO) ya incluye la cobertura integral del tratamiento profiláctico con Factor VIII sin límite de edad, pero faltaba un mecanismo eficiente para su provisión a este grupo etario.
La clave está en un esquema de financiamiento innovador: los costos del Factor VIII serán afrontados por los Agentes del Seguro de Salud (Obras Sociales) que se adhieran voluntariamente al programa. Estos accederán a los valores establecidos en licitaciones públicas vigentes, aprovechando esquemas de compra conjunta para optimizar los precios de adquisición. Los fondos se detraerán directamente de sus cuentas recaudadoras, de aportes y contribuciones, sin afectar los recursos del Fondo Solidario de Redistribución.
'Esta medida contribuye a la eficiencia económica del sistema, asegurando la disponibilidad de tratamientos esenciales a precios accesibles y promoviendo la sostenibilidad financiera de los Agentes del Seguro de Salud, a favor de los beneficiarios', destaca la SSS. Es fundamental recalcar que, una vez adheridos, los montos por la adquisición de Factor VIII no serán recuperables a través del Sistema Único de Reintegro (SUR) ni del Sistema Único de Reintegros por Gestión de Enfermedades (SURGE). Esto incentiva la eficiencia y la articulación público-privada, pero también pone la responsabilidad financiera directamente sobre las obras sociales participantes. Una victoria para los pacientes, pero un desafío de gestión para el sistema.
10 de julio de 2025
14 de julio de 2025
5 de febrero de 2026