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Fallo histórico de la Corte Suprema que reconfigura el mapa judicial de Buenos Aires, otorgando al TSJ porteño la última palabra en justicia ordinaria. ¿El fin de un 'inmovilismo' de 30 años?
¡Atención, Buenos Aires! Un fallo trascendental de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha redefinido el esquema judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En una sentencia que marca un antes y un después, el máximo tribunal ha establecido que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de CABA es, a partir de ahora, el 'superior tribunal de la causa' para los procesos que tramitan ante la justicia nacional ordinaria con asiento en la ciudad. Esto significa que, antes de llegar a la Corte por la vía del recurso extraordinario federal, los litigios de derecho común deberán 'fenecer' en el TSJ porteño.
La Corte, con este pronunciamiento, busca poner fin a un 'inmovilismo' de tres décadas desde la reforma constitucional de 1994, que otorgó autonomía a CABA pero mantuvo una justicia nacional ordinaria transitoria. El máximo tribunal critica duramente la omisión legislativa de los poderes políticos nacional y local que impidió la transferencia plena de la justicia ordinaria a la órbita porteña.
'La coexistencia en el ámbito de la CABA de tribunales nacionales –aún no transferidos– y tribunales locales, ambos con competencias ordinarias, no puede seguir justificando que, respecto de los primeros, la ciudad porteña sea ajena a la doctrina de esta Corte en 'Strada' y 'Di Mascio'', sentenció la mayoría.
Este cambio implica una reafirmación de la autonomía judicial de la Ciudad de Buenos Aires, equiparándola, en este aspecto procesal, al resto de las provincias. El fallo resalta que la 'función primordial' de la Corte es interpretar el federalismo y evitar fricciones. La decisión, aunque circunscripta a un recaudo procesal, no afecta la continuidad transitoria de la justicia nacional ordinaria, pero sí le otorga al TSJ la potestad de ser el último intérprete local de la Constitución Nacional.
El impacto es enorme: para los ciudadanos comunes, significa que un litigio que antes terminaba en una Cámara Nacional de Apelaciones y de allí podía ir directamente a la Corte Suprema (vía recurso extraordinario denegado y queja), ahora tendrá una parada obligatoria en el TSJ de CABA. Esto podría generar una mayor seguridad jurídica local y una justicia más cercana, aunque la disidencia del Dr. Rosenkrantz advierte sobre un 'rediseño institucional de significativa trascendencia' que excede las facultades de la Corte y debería ser tarea del Congreso. La Corte exhorta nuevamente a los poderes Ejecutivo y Legislativo a adecuar las leyes pertinentes.
Para estar informado, es crucial seguir las noticias judiciales y las publicaciones del Boletín Oficial que puedan surgir de esta exhortación. Este fallo es un terremoto en el mapa del poder judicial argentino.