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¡Tierra Arrasada! El Gobierno Liquida Fondos Fiduciarios Millonarios

En un golpe de timón brutal, el Poder Ejecutivo disuelve cinco fondos fiduciarios públicos, incluyendo el de capital emprendedor y el de víctimas de trata. ¿Ajuste o eficiencia? ¡El debate está abierto!

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¡Tierra Arrasada! El Gobierno Liquida Fondos Fiduciarios Millonarios
Manos rompiendo cadenas o estructuras, con un fondo de gráficos económicos y un signo de pesos tachado.

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • PODER EJECUTIVO NACIONAL
  • Ministerio de Economía
  • Sindicatura General de la Nación (SIGEN)
  • NACIÓN FIDEICOMISOS S.A.
  • BICE FIDEICOMISOS S.A.
  • Banco de la Nación Argentina
  • CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF)
  • Comisión Bicameral Permanente del H. CONGRESO DE LA NACIÓN

Fechas Clave

02/08/2024
Reglamentación de la Ley N° 27.742 (Decreto N° 695/24)
22/08/2024
Instrucción de disolución de fondos fiduciarios (Resolución ME N° 796/24)
25/11/2024
Fecha del Decreto 1048/2024
26/11/2024
Publicación del Decreto en el Boletín Oficial
Desregulación
Gasto público
Intervención estatal
Ajuste fiscal
Fondos fiduciarios

El gobierno de Javier Milei ha vuelto a sacudir el tablero económico con el Decreto 1048/2024, que decreta la disolución de cinco fondos fiduciarios públicos clave. La medida, que se ampara en la Ley N° 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, busca "mayor transparencia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos", pero deja un tendal de interrogantes sobre el futuro de los programas que financiaban.

Los fondos que desaparecen y sus polémicos antecedentes

Los fondos liquidados son:

  • FONDO FIDUCIARIO PARA EL DESARROLLO DE CAPITAL EMPRENDEDOR (FONDCE): Creado para financiar emprendimientos. La Sindicatura General de la Nación (SIGEN) detectó "debilidades en la gestión de inversiones y su recupero", entre otras fallas. Su disolución y la derogación de los artículos 14 al 21 de la Ley N° 27.349 dejan en el aire el apoyo estatal al sector emprendedor.

  • FIDEICOMISO PARA LA REFINANCIACIÓN HIPOTECARIA: Destinado a refinanciar hipotecas. La SIGEN señaló "demoras en la rendición de cuentas" y "falta de una gestión activa de recupero". Su eliminación (derogando artículos 12 al 15 de la Ley N° 25.798) impacta directamente en miles de familias con deudas hipotecarias.

  • PROGRAMA DE INVERSIONES ESTRATÉGICAS: Concebido para invertir en sectores clave. El decreto indica que nunca se integraron los bienes al fideicomiso, por lo que "no hay motivos que justifiquen su permanencia". Se derogan los artículos 12 al 21 de la Ley N° 27.574.

  • FONDO DE ASISTENCIA DIRECTA A VÍCTIMAS DE TRATA – LEY 26.364: Crucial para la asistencia a víctimas de trata. La SIGEN observó "inexistencia de un manual de procedimientos formalizado" y "falencias en el Contrato de Fideicomiso". Su disolución (derogando artículos 1° y 2° de la Ley N° 27.508) genera una fuerte preocupación social.

  • PROGRAMA PARA INCREMENTAR LA COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AZUCARERO DEL NOA (PROICSA): Destinado a créditos para la industria azucarera. Se completaron las asistencias y no tiene actividad desde 2020. Su cese es menos controvertido dada su inactividad.

Esta purga de fideicomisos, que incluye la derogación de los artículos de las leyes que los crearon, es una clara señal de la postura del gobierno de reducir la intervención estatal y optimizar el gasto público. Sin embargo, la disolución de fondos tan sensibles como el de víctimas de trata o el de capital emprendedor genera preocupación sobre cómo se abordarán estas problemáticas en el futuro y qué mecanismos se implementarán para reemplazarlos, si es que se hace. Para el ciudadano común, esto puede significar la desaparición de líneas de financiamiento o asistencia en áreas sensibles. La pelota ahora está en el campo del Ministerio de Economía para llevar adelante el proceso de liquidación, mientras la Comisión Bicameral Permanente del Congreso Nacional deberá tomar nota de esta drástica medida. Para estar al tanto de las implicaciones, se recomienda seguir los canales oficiales del Ministerio de Economía y el Boletín Oficial.

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