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La Aduana de Posadas lanza una advertencia final a infractores: 10 días para pagar multas millonarias o perder sus bienes. ¿Quiénes están en la mira y qué implica la Ley 25.603?
La Aduana de Posadas, ¡con el cuchillo entre los dientes, ha emitido un ultimátum que resuena en la frontera! Decenas de personas están contra las cuerdas, con un plazo perentorio de diez días hábiles para responder a sumarios contenciosos por presuntas infracciones aduaneras que podrían costarles fortunas y la pérdida definitiva de sus mercaderías. Es la hora de la verdad para quienes cruzan la línea.
Este aviso oficial, publicado por la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO, no deja lugar a dudas: los imputados, cuyos nombres y DNI se detallan sin tapujos, deben comparecer para presentar su defensa y ofrecer pruebas. Si no lo hacen, la rebeldía será el siguiente paso, con todas sus graves consecuencias legales. Además, se les exige constituir domicilio dentro del radio de la Aduana, bajo apercibimiento de lo normado en los artículos 1.004 y 1.005 del Código Aduanero.
Pero hay una salida, aunque costosa: si en ese mismo plazo depositan el monto mínimo de la multa y abandonan expresamente la mercadería a favor del Estado (en los casos que prevean pena de comiso), la acción penal aduanera se extinguirá y, ¡atención!, no se registrará el antecedente. Una amnistía a precio de oro.
Para aquellos imputados por infracción al artículo 977 (generalmente por faltas graves en la importación o exportación), la situación es aún más tensa. Se los intima a que, en diez días, soliciten una destinación aduanera de la mercadería, previo pago de la multa mínima. ¿El costo de no hacerlo? La mercadería será puesta a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, en aplicación de los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603. Esto significa que los bienes podrían ser rematados, donados o destruidos, ¡un golpe devastador!
Lo mismo aplica para quienes enfrentan cargos por los artículos 985, 947, 986, 987 y otros (relacionados con transgresiones menores o falta de documentación), si no presentan oposición fundada. La Aduana no se anda con chiquitas y ya notifica la liquidación tributaria conforme al artículo 783 del Código Aduanero.
Entre los nombres expuestos, se destacan:
Estas son solo algunas de las personas que enfrentan un panorama desolador. La Aduana de Posadas, bajo la jefatura de Juan Maximiliano Gomez Ortiz, demuestra que la mano dura llegó para quedarse.
“Es crucial que los afectados actúen de inmediato. Ignorar estos avisos solo agravará su situación y los expondrá a perder todo”, advierten expertos legales.
Para los ciudadanos comunes, la lección es clara: el control aduanero se intensifica. Asegúrense de cumplir con todas las normativas al importar o exportar, por más mínimo que sea el movimiento. Las multas son elevadas y el Estado no duda en incautar bienes. Estar informado es la mejor defensa; sigan de cerca las publicaciones del Boletín Oficial y busquen asesoramiento legal ante cualquier duda.