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Un fallo del IPS revoca una resolución anterior y reconoce el derecho de una jubilada fallecida a percibir su beneficio desde el día siguiente a su cese, beneficiando a sus herederos. La suspensión de plazos administrativos durante la pandemia fue el factor determinante en esta histórica decisión.
¡BOMBA en el Boletín! El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) acaba de dictar una resolución que sacude los cimientos de la burocracia previsional, otorgando una victoria póstuma a Elsa Elisa FLATTO, una jubilada que luchó incansablemente por sus derechos, incluso después de su fallecimiento.
La historia es así: la señora FLATTO interpuso un recurso de revocatoria contra una resolución de mayo de 2022 que le otorgaba una jubilación por edad avanzada, pero con una fecha de inicio (16/09/2020) que ella consideraba incorrecta y un porcentaje (55% del sueldo) que también impugnaba. Su cese de servicios había sido mucho antes, el 16 de agosto de 2018, y la solicitud del beneficio la hizo el 16 de septiembre de 2021.
El quid de la cuestión, y lo que convierte este caso en un precedente de oro, fue la suspensión de los plazos administrativos decretada por la Provincia de Buenos Aires entre marzo de 2020 y octubre de 2021, debido a la pandemia. Este detalle no menor significó que la demora en la presentación de su solicitud no le fuera imputable, amparándose en el artículo 2550 del Código Civil y Comercial de la Nación. ¡Un golpe a la burocracia que no tuvo en cuenta el contexto extraordinario!
La resolución actual, la N° 40.749, recepta parcialmente el recurso de FLATTO. Si bien no le dan la razón en el porcentaje del haber (manteniendo el 55%), lo más impactante es que revoca el artículo 2 de la resolución anterior y reconoce su derecho a percibir el beneficio jubilatorio desde el 30 de junio de 2018, es decir, desde el día siguiente a su cese en la Dirección General de Cultura y Educación. Lamentablemente, Elsa Elisa FLATTO falleció el 10 de abril de 2025, por lo que las sumas adeudadas desde 2018 hasta su deceso serán declaradas de legítimo abono a favor de sus herederos. Esto significa que, aunque ella no pudo disfrutar plenamente de la justicia en vida, sus descendientes recibirán lo que legalmente le correspondía.
Este caso subraya la importancia de no bajar los brazos ante decisiones administrativas que consideres injustas. Demuestra que el contexto y las circunstancias extraordinarias pueden ser factores clave para revertir fallos. Si vos o alguien que conocés tuvo demoras en trámites jubilatorios durante la pandemia, esta resolución podría sentar un precedente para reclamar los haberes desde la fecha que realmente corresponda. ¡No te quedes con la duda, consultá a un especialista!