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DNI: 4387239 · 2 artículos
El IPS bonaerense reconoce póstumamente el derecho a pensión de un cónyuge supérstite, quien falleció durante el trámite. Herederos podrán reclamar los montos adeudados, en un caso que expone las demoras burocráticas y la persistencia de los derechos previsionales.
Una resolución del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires revela un drama burocrático: se reconoce el derecho a una pensión a un cónyuge supérstite que, lamentablemente, falleció mientras tramitaba el beneficio. Los herederos ahora deberán reclamar las sumas adeudadas.