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Una resolución del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires revela un drama burocrático: se reconoce el derecho a una pensión a un cónyuge supérstite que, lamentablemente, falleció mientras tramitaba el beneficio. Los herederos ahora deberán reclamar las sumas adeudadas.
El Boletín Oficial nos trae hoy una historia con un tinte trágico que expone las demoras y complejidades del sistema previsional bonaerense. La Resolución N° 1.337 del Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires ha reconocido póstumamente el derecho a una pensión a Osvaldo Jorge MUIÑA, quien había solicitado el beneficio como cónyuge supérstite de Graciela Esther BALTASAR.
El caso es particularmente conmovedor: Graciela Esther BALTASAR, quien fuera Prosecretaria EPC y Maestra de Grado EPC con 40 años de antigüedad, falleció el 16 de julio de 2023. Su esposo, Osvaldo Jorge MUIÑA, inició el trámite para acceder a la pensión correspondiente. Sin embargo, la burocracia hizo lo suyo y, durante la tramitación del expediente EX 2024-25010889-GDEBA-SDPDIPS, MUIÑA también falleció el 14 de mayo de 2025.
"Corresponde reconocer el derecho que le asistía al goce del mismo", reza la resolución, que determina el comienzo del beneficio a partir del 17 de julio de 2023, el día siguiente al fallecimiento de la causante original.
Esto significa que, aunque Osvaldo Jorge MUIÑA no llegó a cobrar la pensión en vida, el IPS reconoce que le correspondían esas sumas, equivalentes al 60% del sueldo de Prosecretaria y al 53% del sueldo de Maestra de Grado de su esposa, hasta la fecha de su propio deceso. Ahora, la resolución DECLARA de legítimo abono a favor de los herederos legales de MUIÑA las sumas resultantes, quienes deberán acreditar su carácter de tales para poder percibirlas. Es un recordatorio crudo de que, a veces, la justicia llega tarde, incluso después de la vida de los beneficiarios.
El artículo también incluye una notificación general del IPS sobre la Resolución N° 40595 de fecha 04 de marzo de 2026 en otro expediente (N° 21557-531684-20), un detalle administrativo que, si bien no se relaciona directamente con el caso de MUIÑA, muestra la actividad constante del organismo en materia de notificaciones a derechohabientes.
Para los ciudadanos, este caso destaca la importancia de: