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Una Ordenanza municipal modifica drásticamente las multas y regulaciones para diversas infracciones en la vía pública, desde la venta ambulante hasta el tránsito y el transporte escolar.
El Boletín Oficial publicó una extensa serie de modificaciones a la normativa municipal, impactando directamente en la vida cotidiana de los ciudadanos y el funcionamiento de diversos comercios y servicios. La Ordenanza Nº 695/26, a través de sus artículos, actualiza y endurece las sanciones para un amplio espectro de faltas relacionadas con el uso del espacio público, la seguridad vial y los espectáculos.
Las modificaciones abarcan desde la venta ambulante y la realización de espectáculos públicos sin permiso, con multas que van desde las 100 hasta las 2000 Unidades de Medida Tributaria (UTM) y posibles clausuras o comisos. Se refuerza el control sobre la comercialización de pirotecnia, la publicidad no autorizada y la venta de bebidas alcohólicas en estadios deportivos, con sanciones económicas significativas y la posibilidad de clausura definitiva para reincidentes.
En materia de tránsito y seguridad vial, los cambios son numerosos y buscan aumentar la rigurosidad. Se elevan las multas para infracciones como:
También se establecen penalidades para el transporte escolar y de remises que operen sin habilitación o incumplan las normativas específicas, pudiendo derivar en inhabilitaciones definitivas o clausuras. La Ordenanza introduce el concepto de reincidencia, duplicando el monto mínimo de la multa si se comete la misma falta en un plazo de dos años.
Estas medidas buscan ordenar el espacio público, mejorar la seguridad vial y garantizar el cumplimiento de las regulaciones en servicios clave. Los ciudadanos deberán estar atentos a estas actualizaciones, ya que el desconocimiento no exime de las sanciones, que ahora son considerablemente más elevadas.