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Negativo

Actualizan multas y sanciones por infracciones municipales en Santa Fe

El Concejo Municipal de Santa Fe modificó la Ordenanza N° 3715, actualizando el régimen sancionatorio por diversas infracciones en comercio, espectáculos, publicidad y tránsito, con incrementos en los montos de las multas.

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Actualizan multas y sanciones por infracciones municipales en Santa Fe
Señal de tránsito con un semáforo en rojo y un cartel de prohibido estacionar

Índices de Impacto

Liberación
RegulaciónLiberación
Mercado/Estado
Pro EstadoPro Mercado
Colectivismo
Pro IndividuoPro Colectivo

Organizaciones

  • Concejo Municipal de Santa Fe
  • Municipalidad de Santa Fe

Fechas Clave

23/04/2026
Fecha de aprobación por Concejo Municipal
14/05/2026
Promulgación por Decreto Municipal N° 0075

El Concejo Municipal de Santa Fe aprobó una amplia modificación a la Ordenanza N° 3715, que establece el régimen de faltas y sanciones en la ciudad. La medida, promulgada por Decreto Municipal N° 0075, introduce cambios significativos en los montos de las multas y en las condiciones de aplicación de sanciones por una vasta gama de infracciones.

Principales Áreas de Modificación:

  • Comercio e Industria: Se actualizan las multas por instalación, funcionamiento o ejercicio de comercio sin permiso, anexión o cambio de rubro sin autorización, y venta ambulante en la vía pública.
  • Espectáculos Públicos: Se incrementan las sanciones por instalación o funcionamiento de espectáculos sin permiso, o en contravención a las normas, incluyendo el uso de pirotecnia y la venta de alcohol en estadios deportivos.
  • Publicidad en Vía Pública: Se regulan las multas por la realización de publicidad no autorizada.
  • Tránsito y Vehículos: Aquí se concentra una de las actualizaciones más extensas, con modificaciones en decenas de artículos. Se endurecen las multas por:
    • Conducir bajo los efectos de alcohol o estupefacientes (multa de UTM 1000 a 4000).
    • Conducir sin licencia o con licencia vencida/inhabilitada.
    • Estacionamiento indebido (doble fila, vereda, lugares prohibidos).
    • Falta o uso indebido de luces reglamentarias.
    • Ausencia de paragolpes, limpiaparabrisas o parabrisas en mal estado.
    • Uso de bocinas antirreglamentarias o falta de silenciador (con secuestro del vehículo en caso de reincidencia).
    • Circular con carga que perturbe la visibilidad.
    • Maniobras peligrosas o en contramano.
    • No ceder paso a vehículos de emergencia o peatones.
    • No respetar semáforos en rojo (multa de UTM 600 a 3000 y/o inhabilitación).
    • Circular en motovehículos sin casco protector (multa de UTM 300 a 1000), con acompañante menor de doce años o en brazos.
    • Falta o deficiencia de documentación del vehículo y seguro.

La norma también redefine la reincidencia, estableciendo que cuando el infractor cometa por segunda vez la misma falta dentro de un plazo de dos años, el monto de la multa será como mínimo el 50% hasta el equivalente máximo.

Estas modificaciones buscan ordenar la convivencia urbana, mejorar la seguridad vial y garantizar el cumplimiento de las normativas municipales, lo que impacta directamente en la calidad de vida de los ciudadanos y en la operatividad de los comercios y servicios. La amplia difusión pública de la ordenanza es clave para que los vecinos conozcan las nuevas disposiciones y eviten infracciones.

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