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Una doble embestida del Poder Ejecutivo busca *achicar* el gasto público: prohíbe casi todas las nuevas designaciones y contrataciones en el Estado, y exige una "Evaluación General de Conocimientos y Competencias" para mantener o acceder a contratos, con fecha límite en 2025. ¿Una purga masiva en puerta?
El Gobierno de la Nación ha lanzado un doble golpe al empleo público con los decretos 1148/2024 y 1149/2024, publicados casi en simultáneo. La medida, enmarcada en la declarada "emergencia pública" y la "transformación de la política de gestión del empleo público", busca una drástica reducción del personal estatal y una reestructuración basada en la meritocracia, o al menos, en la evaluación de competencias.
Este decreto prohíbe de manera casi total las nuevas designaciones y contrataciones de personal en el Sector Público Nacional a partir del 1° de enero de 2025. La veda abarca una amplia gama de modalidades: desde designaciones a término en Plantas Transitorias, contrataciones por tiempo determinado (art. 9° Ley 25.164), contratos laborales (tiempo indeterminado, fijo, parcial, eventual), hasta servicios profesionales autónomos (Decreto 1109/17) y designaciones transitorias en cargos de planta permanente.
Existen excepciones, aunque limitadas:
Pero la noticia más dura es la regla del "3 a 1": las jurisdicciones solo podrán disponer de UN (1) alta por cada TRES (3) bajas de personal (por renuncia, jubilación, desvinculación, etc.) que se produzcan durante 2025. Esto es un claro mensaje de ajuste y reducción.
Complementando el anterior, este decreto establece que, para mantener o acceder a contrataciones de personal bajo la Ley N° 25.164 (art. 9°) y el Decreto N° 1109/17 (servicios profesionales autónomos), será obligatorio aprobar una "Evaluación General de Conocimientos y Competencias" durante diciembre de 2024.
Quienes no pasen la evaluación antes del 31 de diciembre de 2024, no podrán ser contratados por períodos que excedan el 31 de marzo de 2025. A partir del 1° de abril de 2025, solo se podrá contratar a quienes hayan aprobado dicha evaluación. Esto genera una enorme incertidumbre para miles de contratados que no hayan sido evaluados o no la superen.
Además, las contrataciones bajo el artículo 93 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, con fecha de inicio 1° de enero de 2025 o posterior, no podrán extenderse más allá del 30 de junio de 2025. Otra fecha límite que pone en vilo a muchos.
Estas medidas son un claro reflejo de la política de achicamiento del Estado y la búsqueda de "eficiencia" y "responsabilidad presupuestaria" del actual gobierno. El objetivo es "mantener una planta de personal que se adecúe razonablemente a las estructuras y necesidades del Sector Público Nacional".
Para los ciudadanos, esto puede significar una reducción en la atención y servicios estatales en ciertas áreas, aunque el gobierno buscará justificarlo con una mejora en la calidad y eficiencia del personal restante. Para los empleados públicos, es una sentencia de incertidumbre y presión, con miles de puestos en riesgo y la exigencia de una evaluación que definirá su futuro laboral. La tensión en el ámbito público está garantizada.
La Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública dictará las normas operativas y complementarias. Es vital seguir sus resoluciones y comunicados oficiales.
16 de enero de 2025

6 de abril de 2025
13 de febrero de 2026