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El Ministerio de Capital Humano homologó un acuerdo salarial para FOEESITRA y Telecom Argentina, que incluye una suma no remunerativa. Sin embargo, el Gobierno advierte que podría considerarla remunerativa, desatando un posible conflicto.
Un nuevo capítulo en la siempre tensa relación entre empresas, sindicatos y el Estado se escribió en el Boletín Oficial. La Disposición 1312/2025 del Ministerio de Capital Humano homologó un acuerdo entre la FEDERACIÓN DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOEESITRA) y la gigante TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA. El pacto, enmarcado en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 712/15 “E”, establece el pago de una suma de carácter no remunerativo.
Pero aquí viene lo picante: el propio Ministerio, en una jugada que no es menor, advierte que la registración de este acuerdo es "sin perjuicio de la aplicación de lo previsto en el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo". ¿Qué significa esto? Ni más ni menos que el Gobierno se reserva el derecho de considerar que esa "suma no remunerativa" es, en realidad, remunerativa.
El Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744) define qué se entiende por remuneración: "Se entiende por remuneración la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo." La jurisprudencia y la doctrina son claras: cualquier pago que el trabajador reciba por su labor, salvo contadas excepciones, tiene carácter remunerativo y, por ende, está sujeto a aportes y contribuciones, y forma parte de la base de cálculo para indemnizaciones y otros beneficios.
Cuando las partes pactan sumas "no remunerativas", buscan aliviar la carga impositiva y de seguridad social tanto para la empresa como para el trabajador (que recibe más dinero de bolsillo, sin descuentos). Sin embargo, el Estado ve esto como una erosión de la base imponible y de los fondos de la seguridad social. La advertencia del Ministerio es una señal clara de que esta práctica está bajo estricta vigilancia y que las empresas que abusan de ella podrían enfrentar reclamos futuros o reajustes.
Para los empleados de Telecom, la noticia es agridulce. Recibirán una suma, pero su carácter legal queda en el aire, lo que podría afectar sus futuros beneficios (como jubilación o indemnizaciones). Para Telecom y otras empresas que recurren a esta figura, es un llamado de atención rotundo: la "creatividad" para evitar cargas sociales tiene sus límites y el Gobierno está dispuesto a imponerlos. Para mantenerse informado sobre cómo estas interpretaciones podrían evolucionar, es crucial seguir las novedades del Ministerio de Capital Humano y las publicaciones del Boletín Oficial.
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