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El Ministerio de Capital Humano validó acuerdos clave para el sector ferroviario, donde gremios y empresas pactaron sumas no remunerativas, generando controversia y abriendo interrogantes sobre el impacto en las arcas del Estado y los derechos de los trabajadores.
El Boletín Oficial acaba de soltar una bomba que sacude los rieles del país: el Ministerio de Capital Humano, a través de su Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, homologó una serie de acuerdos salariales que involucran a importantes actores del sector ferroviario. La medida, que impacta directamente en miles de trabajadores, no está exenta de polémica, ya que varios de estos pactos incluyen el pago de sumas de carácter no remunerativo.
En concreto, se validaron convenios entre la Asociación Señaleros Ferroviarios Argentinos (ASFA) y Metrovías S.A. (Disposición 2536/2025 y 2555/2025), donde se acordaron tanto sumas no remunerativas como una gratificación extraordinaria con la misma naturaleza. También se sumó la Unión Ferroviaria con Metrovías S.A. (Disposición 2558/2025), prorrogando asignaciones 'en negro'. Por su parte, la Asociación del Personal de Dirección de Ferrocarriles Argentinos (APDFA) y Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria (Disposición 2556/2025) también sellaron acuerdos salariales que incluyen estas controvertidas sumas.
El punto caliente es el carácter 'no remunerativo' de estas sumas. Esto implica que no tributan cargas sociales ni aportes jubilatorios, lo que afecta directamente el futuro previsional de los trabajadores y, a la vez, genera un ahorro para las empresas y una menor recaudación para el Estado. La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo advirtió a las partes sobre lo dispuesto por el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, que define qué se considera remuneración. Una clara señal de la tensión legal que subyace en estos pactos.
Además, en algunas homologaciones, la autoridad laboral se desentendió de cláusulas específicas (como la cláusula segunda en los acuerdos de ASFA y UF con Metrovías, o la cláusula tercera de APDFA con Ferrovías) por considerarlas "ajenas al ámbito del derecho colectivo del trabajo" o una "manifestación unilateral". Esto podría generar futuras disputas interpretativas.
Para los trabajadores ferroviarios, estas homologaciones pueden significar un alivio inmediato en sus ingresos de bolsillo, pero a costa de su futura jubilación y de la sostenibilidad del sistema de seguridad social. Para las empresas, representa una forma de mitigar costos laborales en un contexto económico desafiante. El Estado, por su parte, busca equilibrar la paz social con la legalidad, pero el mensaje sobre el Artículo 103 es un recordatorio constante de las zonas grises.
6 de octubre de 2025
2 de febrero de 2026
6 de octubre de 2025