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Varias entidades gremiales y mutuales obtienen luz verde para cobrar sus cuotas directamente de los haberes jubilatorios. Una medida que genera debate: ¿facilita la vida o expone a nuestros mayores a nuevas trampas?
El Boletín Oficial de hoy trae una serie de resoluciones de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) que encendieron las alarmas y generaron gran expectativa entre jubilados y pensionados. Se trata de la aprobación para que varias entidades, incluyendo sindicatos y mutuales, se sumen al polémico 'Sistema de Descuentos No Obligatorios a Favor de Terceras Entidades'. Esto significa que, con la 'conformidad formal y expresa' de los beneficiarios, podrán descontar automáticamente cuotas sociales y servicios especiales directamente de sus haberes.
Con las Resoluciones 80/2025 a 85/2025, ANSES da el visto bueno a la adhesión de:
Estas organizaciones ahora tienen códigos de descuento específicos para percibir sus cuotas o servicios. La medida, amparada en el artículo 14 de la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 246/2011, busca regularizar una operatoria que, si bien puede ser conveniente para algunos, siempre genera interrogantes sobre la protección de los ingresos de los jubilados.
El Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), a través de ANSES, es el garante de que los haberes no puedan ser embargados ni afectados a terceros. Sin embargo, la propia ley permite excepciones para entidades como sindicatos, mutuales y bancos, siempre y cuando exista una 'conformidad formal y expresa' del beneficiario. El Decreto N° 246/2011, en su momento, buscó resguardar a los jubilados como "consumidores de servicios financieros", evitando abusos.
Pero la realidad muchas veces supera la teoría. La facilidad del descuento automático puede llevar a que muchos jubilados, quizás por desconocimiento o presiones, terminen adhiriéndose a servicios o cuotas que no comprenden del todo o que luego no pueden dar de baja fácilmente.
"Proteger los ingresos de los jubilados y pensionados, resguardándolos del actuar de terceros", reza el Decreto N° 246/2011. La pregunta es si este sistema siempre cumple con esa premisa.
Para las entidades, es una gran victoria administrativa, ya que les asegura una forma eficiente de recaudación. Para los jubilados, la situación es doble: por un lado, comodidad para quienes desean adherirse a estos servicios y pagar sus cuotas sin trámites bancarios; por otro, un llamado de atención a la vigilancia constante.
Estas resoluciones, aunque administrativas, tocan la fibra sensible de la economía de nuestros jubilados. En un país con alta inflación y haberes ajustados, cada peso que se descuenta cuenta. ANSES sigue siendo la autoridad de aplicación, y es allí donde los jubilados deben acudir ante cualquier duda o problema. La transparencia y la información son la mejor defensa contra cualquier posible abuso. Para estar informado sobre futuras actualizaciones y cómo impactan estos cambios, es crucial seguir de cerca el Boletín Oficial y los comunicados de ANSES.
29 de diciembre de 2025
3 de noviembre de 2025
29 de enero de 2026