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La Autoridad Regulatoria Nuclear destraba licencias clave para operar reactores y manejar materiales radiactivos. Sin embargo, una resolución enciende la polémica al autorizar a la CNEA a pesar de sus deudas, ¡invocando el "interés público"!
El Boletín Oficial de hoy nos trae novedades candentes desde la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN), que ha emitido una serie de resoluciones que afectan directamente la operación de nuestras instalaciones nucleares y el uso de materiales radiactivos en el país. Se trata del otorgamiento de Licencias y Permisos Individuales para personal esencial en el sector, garantizando la seguridad y el cumplimiento de la rigurosa Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804.
Las Resoluciones 38/2026 (Expediente Electrónico E-2025-107775590-APN-ARN#ARN) y 41/2026 (Expediente Electrónico E-2025-107779774-APN-ARN#ARN) otorgan Permisos Individuales para el uso de radioisótopos y radiaciones ionizantes en aplicaciones industriales y médicas, respectivamente. Esto es crucial para la salud pública y diversos sectores productivos, asegurando que solo personal capacitado y con la formación adecuada maneje estos materiales. La ARN verificó que los solicitantes cumplen con todos los requisitos y, lo que es importante, no registran deudas en concepto de tasa regulatoria.
Por otro lado, la Resolución 40/2026 (Expediente Electrónico E-2025-107778546-APN-ARN#ARN) otorga Licencias y Renovaciones de Autorizaciones Específicas para el personal de Instalaciones Clase I, las más relevantes en el ámbito nuclear. También aquí se verificó la capacitación y el cumplimiento regulatorio, y los responsables no tienen deudas de tasa regulatoria.
Pero la joya de la corona, y el punto más picante, es la Resolución 39/2026 (Expediente Electrónico E-2025-107777777-APN-ARN#ARN). Esta resolución también otorga Licencias Individuales y Renovaciones de Autorizaciones Específicas para personal de Instalaciones Clase I, pero esta vez para la mismísima Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA). ¿Dónde está el problema? El texto es lapidario: la CNEA adeuda el pago de la tasa regulatoria prevista en el Artículo 26 de la Ley N° 24.804.
Sin embargo, la ARN ha decidido, por 'razones de interés público' y basándose en una resolución anterior (ARN N° 452/19), dar curso favorable a estas tramitaciones, autorizando el pago de la deuda con posterioridad y aplicando los intereses punitorios correspondientes.
"Por razones de interés público, y conforme lo establecido en la Resolución ARN N° 452/19, se dará curso favorable a las respectivas tramitaciones, autorizando a que dicho pago se efectúe con posterioridad."
Esta medida, si bien busca asegurar la continuidad de operaciones vitales y la seguridad nuclear, abre un debate sobre la flexibilidad de la normativa cuando se trata de entidades estatales y el concepto de "interés público" como salvoconducto para eludir obligaciones fiscales en tiempo y forma. ¿Es un precedente peligroso o una necesidad operativa? El tiempo lo dirá. Lo cierto es que la seguridad nuclear en Argentina sigue siendo una prioridad, aunque a veces, con algunas excepciones en el medio.