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El Ministerio de Capital Humano homologó acuerdos entre Metrovías y dos sindicatos ferroviarios: La Fraternidad y Unión Ferroviaria. Se trata de sumas "no remunerativas" que generan controversia. ¿Alivio transitorio o precarización disfrazada?
La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo ha puesto la lupa sobre los acuerdos firmados por Metrovías Sociedad Anónima con dos de los sindicatos más influyentes del sector: el Sindicato La Fraternidad (para el CCT de Empresa N° 1709/25 “E”) y la Unión Ferroviaria (para el CCT de Empresa N° 1656/21 “E”). Lo llamativo de estos pactos es el pago de sumas con carácter "no remunerativo".
Esta modalidad, si bien puede ofrecer un alivio inmediato en los ingresos de los trabajadores sin impactar de lleno en los costos laborales fijos de la empresa (aportes y contribuciones), es una fuente constante de debate. La advertencia del Ministerio, citando el Artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, es un claro recordatorio de que estas sumas no se consideran salario a todos los efectos legales, lo que podría afectar beneficios futuros como jubilaciones o indemnizaciones.
La intervención de la Subsecretaría de Transporte Ferroviario del Ministerio de Economía subraya la importancia estratégica de Metrovías en la red de transporte público de la Ciudad de Buenos Aires y sus alrededores. Además, la Disposición excluye expresamente del registro la "cláusula segunda" de los acuerdos, por considerarla una "manifestación unilateral" ajena al derecho colectivo de trabajo, un punto que podría generar fricciones futuras.
Para los trabajadores, estas sumas son un parche ante la inflación. Para la empresa, una forma de contener costos. Pero para el sistema de seguridad social y para los derechos laborales a largo plazo, son un área gris que siempre genera preocupación. Los usuarios, por su parte, observan cómo estos vaivenes impactan en la estabilidad y calidad del servicio de subtes y trenes. Mantente informado sobre cómo estas sumas "no remunerativas" pueden afectar tus derechos laborales y los servicios de transporte público.
8 de octubre de 2025
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