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La Secretaría de Trabajo abre una "ventana de oxígeno" para empleadores con infracciones laborales: se podrán pagar las multas en cuotas, una medida excepcional que buscaría flexibilizar la presión económica.
En un giro que generará debate, la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del Ministerio de Capital Humano ha resuelto facultar a la Subsecretaría de Relaciones del Trabajo para autorizar, de manera excepcional y fundada, el pago en cuotas de las multas impuestas por infracciones laborales, en el marco de la Ley Nº 18.695.
Esta medida llega en un contexto de alta presión económica sobre las empresas y podría interpretarse como un intento de flexibilizar la aplicación de sanciones que, en muchos casos, pueden representar un golpe duro para la economía de los empleadores. Si bien la resolución subraya el carácter "excepcional" y la necesidad de una "resolución fundada", no deja de ser un cambio significativo en la política de enforcement laboral.
"Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO a autorizar con carácter excepcional y mediante resolución fundada, el pago en cuotas de las multas impuestas como consecuencia de infracciones laborales..."
Para los ciudadanos comunes, esto significa que las empresas que incumplan ciertas normativas laborales podrían tener un respiro financiero, lo que, si bien puede evitar quiebras y mantener fuentes de empleo, también podría generar dudas sobre la rigurosidad en el cumplimiento de los derechos laborales. ¿Es una ayuda necesaria para las pymes o una señal de laxitud en el control? El tiempo lo dirá.
Para el ciudadano común: Si trabajás en una empresa, esta medida podría significar que tu empleador tenga más facilidades para afrontar multas, pero es clave que los controles no se relajen para garantizar tus derechos laborales.
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