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La Asociación Mutual Proteger se suma al sistema de descuentos no obligatorios, permitiendo cobrar cuotas directamente de las jubilaciones. ¿Beneficio o riesgo para los más vulnerables?
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha dado un paso que generará debate: aprobó la adhesión de la Asociación Mutual Proteger al 'Sistema de Descuentos No Obligatorios a Favor de Terceras Entidades'. Esto significa que, a partir de ahora, esta mutual podrá cobrar la 'Cuota Social' y 'Servicios Especiales' (con los códigos 324-117 y 397-117, respectivamente) directamente de los haberes de jubilados y pensionados que den su conformidad formal y expresa.
Esta medida, enmarcada en la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 246/2011, busca garantizar y resguardar los ingresos de los beneficiarios, protegiéndolos de 'actuar de terceros'. Sin embargo, la historia nos ha enseñado que estos sistemas, aunque pensados para facilitar el acceso a servicios, a menudo se convierten en una puerta de entrada para prácticas abusivas o desinformación, donde los jubilados terminan con descuentos que no entienden o no autorizaron plenamente.
Es fundamental que cada jubilado y pensionado ejerza su derecho a la información y revise con lupa cualquier descuento en su recibo de haberes. La 'conformidad formal y expresa' es clave: nadie debería sufrir un descuento sin haberlo autorizado de manera consciente y voluntaria. ANSES, como autoridad de aplicación, tiene la responsabilidad de fiscalizar rigurosamente que las mutuales cumplan con la normativa y no se aprovechen de la vulnerabilidad de los adultos mayores.
La resolución destaca que la Asociación Mutual Proteger presentó toda la documentación requerida, desde actas de autoridades hasta pólizas de caución y responsabilidad civil, lo que indica un proceso administrativo formal. Sin embargo, la letra chica y la supervisión en la práctica serán determinantes para evaluar si este tipo de adhesiones realmente beneficia o expone a nuestros mayores a nuevos riesgos.