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El Ministerio de Seguridad da un ultimátum de 60 días a sus proveedores para retirar garantías bancarias. ¡Pasado el plazo, se considerarán renunciadas!
¡Ojo al piojo, proveedores del Estado! El Ministerio de Seguridad Nacional ha lanzado una advertencia crucial para todos aquellos que hayan constituido garantías en sus contrataciones. A través de un Aviso Oficial, se intima a los oferentes, adjudicatarios y cocontratantes a que se presenten a retirar las garantías oportunamente constituidas en la Coordinación de Tesorería del Ministerio.
El plazo perentorio es de SESENTA (60) días corridos, a contar desde el 17 de julio de 2025. La sede para realizar el trámite es en la calle México 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10 a 17 horas. ¿La letra chica? Si transcurrido ese plazo las garantías no son retiradas, se considerará una RENUNCIA TÁCITA a las mismas, en los términos del artículo 81 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios.
Este aviso, firmado por Pablo Gómez Banegas, Asesor de la Dirección de Servicios Generales, es un recordatorio importante para las empresas que tienen fondos o avales retenidos por el Estado. Ignorar esta intimación podría significar la pérdida definitiva de esas garantías. ¡Más vale estar atento y no dejar que el tiempo corra en contra!