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Una odontóloga de La Plata logró que el IPS le reconozca años de trabajo 'ad honorem' en un hospital público para su jubilación. La medida, que implicó el pago de una millonaria deuda de aportes, sienta un precedente crucial para miles de profesionales que dedicaron su tiempo sin salario.
¡BOMBA EN EL BOLETÍN! El Instituto de Previsión Social (IPS) de la Provincia de Buenos Aires acaba de emitir una Resolución impactante que podría cambiar el panorama para cientos de profesionales de la salud que prestaron servicios sin goce de sueldo. Se trata del caso de Dolores Mallo, una odontóloga que, tras una larga batalla burocrática, logró que se le reconozcan a los fines previsionales los servicios prestados "ad honorem" en el Hospital Zonal Especializado "Dr. Noel H. Sbarra" de La Plata.
La medida, plasmada en la Resolución Nº 35.049, es un hito para quienes trabajaron sin salario en organismos públicos. Mallo, que ejerció como Concurrente Ad Honorem entre el 21/06/2000 y el 15/03/2001, consiguió que ese período de servicio sea computado para su futura jubilación. Sin embargo, el camino no fue gratis: la profesional tuvo que desembolsar una suma considerable para saldar la deuda de aportes personales ($397.817,10) y contribuciones patronales ($298.362,83) que no se realizaron en su momento, totalizando más de $696.000.
Este caso sienta un precedente fundamental. Aunque el Decreto N° 5725/89 establece que la vinculación "ad honorem" no configura relación de empleo público, el IPS, basándose en informes del Ministerio de Salud, reconoció que sí constituye una relación de dependencia a los fines previsionales. Esto abre una puerta para que otros profesionales en situaciones similares puedan reclamar el reconocimiento de sus servicios, siempre y cuando cumplan con los requisitos y estén dispuestos a afrontar las deudas de aportes.
"Podrán computarse como tiempo de servicios de carácter honorarios prestados a la Provincia y Municipalidades, siempre que existiera designación expresa emanada de la autoridad facultada para efectuar nombramientos en cargos rentados equivalentes...", establece el Decreto Ley 9650/80 T.O 600/94.
La Resolución también destaca que, según la Resolución N° 10/09, no se calculan intereses sobre los cargos deudores de aportes y contribuciones patronales adeudados por servicios "ad-honorem", aunque la Resolución N° 8/2018 y Memorando N° 4/2018 estipulan un 6% anual a partir de la notificación del acto que reconoce los servicios. En este caso, la odontóloga ya canceló la totalidad de la deuda. Esta decisión subraya la complejidad de la situación de los trabajadores "ad honorem" y la necesidad de regularizar su situación previsional. Es una victoria para Mallo, pero también una señal de alerta para el Estado sobre la precariedad laboral encubierta y sus consecuencias a largo plazo. Mantente informado sobre futuras actualizaciones del IPS, ya que este caso podría desencadenar una ola de reclamos similares.