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La Dirección General de Aduanas intima a quienes acrediten derecho sobre mercaderías postales internacionales no retiradas, a solicitar una destinación autorizada en un plazo de 30 días, antes de proceder con su disposición.
La Dirección General de Aduanas, dependiente de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), emitió un aviso oficial dirigido a los propietarios de carga postal internacional que ha permanecido sin ser reclamada. Este aviso responde a la particular situación de mercaderías que, habiendo arribado por vía postal, no pudieron ser remitidas a origen debido a las condiciones sanitarias generadas por la pandemia en el país asiático de procedencia.
Los interesados que puedan acreditar su derecho sobre las mercaderías detalladas en el Anexo de la disposición, tienen un plazo de TREINTA (30) días corridos para presentarse y solicitar alguna destinación aduanera autorizada. Es importante destacar que esta gestión deberá realizarse previo pago de las multas que correspondan.
Una vez transcurrido este plazo, el Servicio Aduanero procederá conforme a lo dispuesto en la Ley N° 25.603, que establece los mecanismos para la disposición de mercaderías no reclamadas. Los titulares deben presentarse en la Sección Encomiendas Postales Internacionales (SE EPI), ubicada en Av. Antártida Argentina y Letonia, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esta medida busca descongestionar los depósitos aduaneros y regularizar la situación de estas cargas acumuladas por circunstancias excepcionales.