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El Banco Central ajustó el Régimen Informativo de Supervisión Trimestral/Anual, exigiendo a las entidades financieras que operan como "Billeteras digitales interoperables" reportar datos sobre el uso de canales no presenciales por parte de sus clientes.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) realizó adecuaciones al Régimen Informativo para Supervisión Trimestral/Anual, mediante la Comunicación "A" 8428/2026. Esta normativa incorpora nuevas partidas de información en la Sección 7 – “Información sobre datos complementarios”, enfocadas específicamente en los usuarios de canales no presenciales.
Las entidades financieras inscriptas como "Billeteras digitales interoperables" deberán reportar a partir del trimestre finalizado el 30 de junio de 2026 datos clave como:
Esta medida busca obtener una radiografía más precisa del comportamiento de los usuarios en el ecosistema digital financiero. Para las entidades, implica la necesidad de adaptar sus sistemas para la recolección y reporte de esta nueva información. Para los usuarios, si bien no hay un impacto directo inmediato, una mayor transparencia y supervisión puede contribuir a un entorno digital más seguro y eficiente. La adecuación es crucial para el BCRA en su rol de monitoreo y regulación del sistema financiero, especialmente en el contexto de la creciente digitalización de los servicios bancarios y de pago.