BCRA: Adecuaciones en informes sobre usuarios de canales digitales
El Banco Central ajustó el Régimen Informativo de Supervisión Trimestral/Anual, exigiendo a las entidades financieras que operan como "Billeteras digitales interoperables" reportar datos sobre el uso de canales no presenciales por parte de sus clientes.
Índices de Impacto
Organizaciones
- Banco Central de la República Argentina
Fechas Clave
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) realizó adecuaciones al Régimen Informativo para Supervisión Trimestral/Anual, mediante la Comunicación "A" 8428/2026. Esta normativa incorpora nuevas partidas de información en la Sección 7 – “Información sobre datos complementarios”, enfocadas específicamente en los usuarios de canales no presenciales.
Las entidades financieras inscriptas como "Billeteras digitales interoperables" deberán reportar a partir del trimestre finalizado el 30 de junio de 2026 datos clave como:
- Cantidad de titulares con usuario dado de alta en canales no presenciales al cierre del trimestre.
- Cantidad de titulares que utilizaron canales no presenciales para iniciar al menos una operación transaccional en el trimestre.
- Cantidad de titulares que contrataron un producto de ahorro o de inversión a través de canales no presenciales en el trimestre.
- Cantidad de titulares que contrataron un préstamo a través de canales no presenciales en el trimestre.
Esta medida busca obtener una radiografía más precisa del comportamiento de los usuarios en el ecosistema digital financiero. Para las entidades, implica la necesidad de adaptar sus sistemas para la recolección y reporte de esta nueva información. Para los usuarios, si bien no hay un impacto directo inmediato, una mayor transparencia y supervisión puede contribuir a un entorno digital más seguro y eficiente. La adecuación es crucial para el BCRA en su rol de monitoreo y regulación del sistema financiero, especialmente en el contexto de la creciente digitalización de los servicios bancarios y de pago.

